El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Jorge Mario Pardo Rebolledo, admitió a trámite las acciones de inconstitucionalidad que promovieron senadores de oposición, el Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) para impugnar la Ley de Seguridad Interior.
En el acuerdo de admisión, Pardo Rebolledo ordenó notificar al Poder Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión, por conducto de las cámaras de Diputados y Senadores, en su caso, a través de la Comisión Permanente, señalados como autoridades responsables en las demandas, para que rindan su informe dentro del plazo de quince días hábiles posteriores al siguiente al en que surta efectos la notificación.
A fin de integrar debidamente el expediente, se requirió al Congreso de la Unión, para que al rendir su informe envíen a la SCJN copia certificada de los antecedentes legislativos de la norma impugnada.
Dichos antecedentes deben incluir la iniciativa, los dictámenes de las comisiones correspondientes, las actas de las sesiones en las que se hayan aprobado, en las que consten las votaciones de los integrantes de ese órgano legislativo, así como los respectivos diarios de debates.
Al Poder Ejecutivo Federal se le requirió para que, en el mismo plazo, envíe al Alto Tribunal un ejemplar del Diario Oficial de la Federación en el que se publicó el Decreto por el que se expide la Ley de Seguridad Interior.
Además, se apercibió a las autoridades requeridas que, de no cumplir con lo ordenado, se les impondrá una multa.
Hasta ahora, el ministro Pardo Rebolledo admitió a trámite las acciones de inconstitucionalidad promovidas por diputados, senadores, la CNDH y el INAI, así como una controversia constitucional presentada por el Municipio de Cholula, Puebla, en las que se demanda invalidar diferentes disposiciones de la Ley de Seguridad Interior, promulgada por el Presidente de la República y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre del 2017.
Del mismo modo, dio entrada a las acciones y controversias promovidas por la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal y el ayuntamiento de Hidalgo de Parral, Chihuahua, así como a la acción de inconstitucionalidad promovida por la Defensoria de Derechos Humanos de Quintana Roo.
Previamente, el ministro desechó la acción de inconstitucionalidad promovida por el Partido Movimiento Ciudadano, debido a que los partidos políticos sólo pueden recurrir a este tipo de juicios para solicitar la invalidez de normas de naturaleza electoral.