El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se pronunció en contra del proyecto de resolución del ministro José Ramón Cossío, el cual proponía negar el amparo a cinco mandos policiales de la Secretaría de Seguridad Pública que fueron procesados durante un operativo por la muerte de 12 personas, durante un operativo policial el 20 de junio de 2008, en la discoteca News Divine.
En su momento el juzgador de primera instancia resolvió que los policías deberían enfrentar una sentencia de 5 años y 9 meses de prisión por el delito de ejercicio ilegal del servicio público, ya que ordenaron que se mantuviera el cerco humano de contención.
Por siete votos contra tres, la mayoría de los ministros señaló que las sentencias dictadas por el Tribunal Superior de Justicia de la ciudad de México estaban mal fundamentadas.
Y es que el cerco no fue la causa de los homicidios, sino la presión que ejercieron los policías que se encontraban al interior del News Divine, la orden para que las puertas del lugar fueran cerradas y que las luces fueran apagadas al igual que el aire acondicionado.
La ministra Norma Lucía Piña, dejó en claro que el Máximo Tribunal no exime a los policías de culpas, puesto que lo único que estudió fue la constitucionalidad de las sentencias.
“No estamos juzgando a los mandos medios, no estamos juzgando en este momento si incumplieron o no incumplieron, si cometieron o no el delito, lo que estamos revisando es la constitucionalidad de la sentencia.
“No estamos juzgando a los policías, estamos en un amparo, el amparo lo promovieron los quejosos, los mandos medios, entonces nosotros en un amparo no podemos perjudicar al quejoso va en contra de la naturaleza del amparo”, afirmó.
En consecuencia, la SCJN retornó el asunto a otro ministro, que deberá presentar ahora otro estudio sobre los alcances del amparo a los policías.