La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la reducción de recursos a los partidos políticos en Yucatán, durante los períodos que no haya proceso electoral, cuyos ahorros destinaría a una institución de asistencia privada.
Los ministros anularon por unanimidad la reforma de mayo pasado al Artículo 16 de la Constitución de Yucatán, impugnada por la dirigencia nacional de Morena.
Consideraron que dicha modificación violenta el artículo 41 Constitucional Federal, en cuanto que se trata de recursos etiquetados que no pueden destinarse a otros fines.
La Ministra Margarita Luna Ramos, explicó que el financiamiento para actividades permanentes de los partidos está constitucionalmente etiquetado y no puede reducirse o destinarse a otros fines por los Congresos estatales.
El financiamiento estatal para los partidos en 2017, año no electoral, ascendió a 72.7 millones de pesos por lo que el ahorro derivado de la reforma anulada habría sido de aproximadamente 36 millones de pesos.
Celia Rivas Rodríguez, diputada local priista fue quien propuso la reducción del financiamiento, misma que fue aprobada por unanimidad de 25 diputados del Congreso de Yucatán, en la que se incluye una representante del partido Morena.
De igual forma en la sesión de este martes, se validó la designación del titular del órgano interno de control del Instituto Electoral del Estado por parte del Congreso estatal, toda vez que la Constitución federal no contempló esta facultad para el citado Instituto.
También se invalidó la disposición que solamente obligaba a separarse del cargo al presidente de la Junta de Gobierno del Congreso de Yucatán, que buscase su reelección, mientras que a los demás diputados les permitía permanecer en el cargo.