Con base en el principio del interés superior de la niñez, el INAI determinó que la Secretaría de Educación Pública debe informar a un padre de familia en qué escuela estudia su hija, para que pueda convivir con ella, pues desde desde hace ocho años desconoce su paradero.
El pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), acordó lo anterior a propuesta del comisionado Óscar Guerra Ford, al resolver el recurso RRD 0290/17, relativo a protección de datos personales.
Ante sus pares, el comisionado expuso que separó el caso para su discusión, por el interés que reviste al ejercicio de los derechos de protección de datos personales.
Explicó que el particular, solicitó a esa dependencia información sobre la escuela donde estudia su hija, debido a que desde hace ocho años desconoce su paradero. Para ello, la SEP le solicitó acreditar que tiene la patria potestad para entregarle esos datos, ante lo cual, el solicitante acudió al INAI.
Como parte de la revisión del caso, la ponencia del comisionado Guerra Ford solicitó a los tribunales familiares de los estados información sobre la revocación de la patria potestad, pues ésta no se pierde por el solo hecho de que padres e hijos no convivan, sino que debe haber sentencia.
La mayoría de los estados respondió que no hay sentencia revocatoria, por lo que, con base en el principio de máxima protección a la niñez, establecido en el artículo cuarto Constitucional y la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, la SEP debe dar la información.
El comisionado argumentó que tanto la Constitución como la citada Ley, señalan el derecho que tienen los menores a vivir en familia o, como mínimo, convivir con sus padres a pesar de que éstos se separen.
En el caso, a la menor se le ha negado este derecho por los último 8 años, de manera que entregar esta información al padre, le permitirá a la niña ejercer el derecho que la ley le otorga.
Por ello, propuso a sus colegas –quienes lo aprobaron de manera unánime—revocar la respuesta de la SEP y ordenarle entregar la información.