La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación declaró inexistente la contratación de tiempos de radio y televisión del candidato electo a la gubernatura del Estado de México, Alfredo del Mazo, en el periodo de campaña, así como del PRI, el Partido Verde Ecologista, Encuentro Social y Nueva Alianza.
En la discusión, el magistrado Clicerio Coello señaló que la queja presentada por el PAN no fue sustentada, y los promocionales que aparecieron en un programa de noticias y uno de entretenimiento constituyeron actos “noticiosos en el marco de la libertad de expresión”.
“Pueden darle cobertura noticiosa a los actos de los candidatos, lo que hacen los candidatos en campaña o utilización de medios de comunicación social constituyen aspectos noticiosos de interés general y por ello comparto el sentido del proyecto de privilegiar libertad de contenidos y la libertad de expresión en la cobertura que hacen los programas noticiosos o de opinión respecto a actividades de candidatos o de los partidos políticos durante un proceso electoral”
Además, los magistrados de la Sala Regional Especializada consideraron inexistente que el gobernador de Coahuila, Rubén Moreira, el director de comunicación social y la subdirectora de radio y televisión estatal incurrieran en delitos electorales, al promover propaganda turística durante el periodo de campaña, la veda electoral y el día de los comicios del 4 de junio, toda vez que estos spots “no hacen referencia a logros de gobierno”.
Alfredo del Mazo no contrató tiempos de radio y TV en campaña: TEPJF
EI TEPJF declaró inexistente la contratación de tiempos de radio y televisión del priista.
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