En la Cámara de Diputados, se analizan cambios al Código Penal Federal, a fin de imponer castigo de tres a cinco años de cárcel y multas de hasta 300 días, a quien promueva la “pornovenganza” a través de medios electrónicos.
El diputado del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Benjamín Medrano, explicó que su intención es tipificar como delito la difusión de material de contenido sexual sin autorización de las personas involucradas, acción ilícita cuyo propósito es afectar la fama pública, extorsionar, presionar, humillar o dañar la reputación.
El legislador indicó que su propuesta fue enviada a la Comisión de Justicia, la cual podría emitir un dictamen hasta septiembre próximo o si se decide, durante el periodo extraordinario que los legisladores planean convocarse para después de las elecciones del 4 de junio.
Medrano Quezada explicó que la divulgación de videos y audios de contenido sexual en redes sociales, a través de internet y con el fin de “vengarse” de las personas que aparecen en ellos o resultan involucradas, lo que llamó “pornovenganza”, van en aumento.
A fin de evitar ese tipo de prácticas lesivas para la imagen y la integridad de las personas que resultan expuestas, abundó, es que se debe tipificar la “pornovenganza”.
Detalló que los ajustes al Código Penal, en el capítulo de Delitos contra la Libertad y el Normal Desarrollo Psicosexual, y de Delitos contra la Libertad y el Normal Desarrollo Psicosexual, buscan establecer que la violación a la intimidad sexual sin violencia, tiene como fin causar daño u obtener beneficios indebidos, para quien lo comete.
Serán considerados agresores aquellos que difundan la imagen de una persona desnuda parcial o totalmente por cualquier medio impreso, videograbación o de forma virtual, sin el consentimiento expreso de la víctima, apuntó.
De igual modo, se pretende sancionar a quienes manejen o administren páginas electrónicas dedicadas a la difusión de esos materiales sin contar con el consentimiento de los involucrados e involucradas y con el fin de obtener algún tipo de beneficio, dijo.
Añadió que la pena de tres a cinco años de prisión aumentará en una mitad, cuando la víctima haya tenido una relación sentimental, familiar o personal con el agresor; cuando los ofendidos sean menores de edad o personas con discapacidad; y cuando el infractor desempeñe un cargo público.
Expuso que las autoridades no tienen estadísticas claras sobre la incidencia de esa práctica ilícita que afecta en mayor medida a las mujeres, pero que también llega a involucrar a menores de edad y a varones.
Expuso que de acuerdo a la Policía Cibernética de la Ciudad de México, en el país se tienen en detectados aproximadamente tres mil sitios de internet dedicados a la difusión de imágenes y videos de contenido sexual sin que las personas que aparecen lo hayan autorizado.
Agregó que el año pasado, esa instancia registró más de 300 denuncias por daño a la imagen, daño moral y acoso a través de la difusión de esos contenidos.
Refirió que en Estados Unidos, el administrador de un sitio dedicado a la “pornovenganza”, identificado como Kevin Christopher Boallert, publicó en internet, entre el 2012 y 2013, más de 10 mil fotos de mujeres en situaciones de tipo sexual, a las que cobró entre 200 y 300 dólares cada una, por retirarlas de la red.
Apuntó que México no está libre de esas prácticas y dado que la ley no es clara al respecto y no hay sanción para los infractores, es preciso legislar.
Recordó que en días pasados su compañera de bancada, la también diputada federal priísta Yulma Rocha fue víctima de un ataque de ese tipo, ya que en redes sociales se difundió un video sexual que falsamente se dijo, era protagonizado por ella.
Hizo alusión al caso de “#LadyOxxo”, donde las fotos de tipo íntimo de una empleada de esa cadena de tiendas se divulgaron de manera masiva en las redes, presuntamente como parte de una venganza de su ex pareja sentimental.