El Senado de la República discutirá este miércoles la Ley General de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares, en la que se contemplan penas de hasta 90 años de prisión para quienes cometan delitos vinculados con la desaparición de personas.
De acuerdo con el proyecto, se impondrá una pena de hasta 60 años a quien cometa el delito de desaparición forzada y de hasta 50 años en el caso de las desapariciones cometidas por particulares.
Las penas podrán incrementarse en una mitad cuando la persona desparecida muera o cuando se trata de una niña, niño o adolescente, una mujer, una mujer embarazada, una persona con discapacidad o mayor.
Esta agravante será aplicada también cuando la persona desaparecida sea inmigrante o indígena, así como en el caso de defensores de derechos humanos o periodistas.
No obstante, se prevé la posibilidad de disminuir las penas hasta en una mitad si las personas desaparecidas son liberadas en los 10 días siguientes o incluso en una cuarta parte cuando los autores proporcionen información que permitan localizar los restos de la persona desparecida.
La presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara Alta, Angélica de la Peña Gómez, aseguró que este trato diferenciado para quienes colaboren cuenta con todos los consensos, incluso de las propias organizaciones de la sociedad civil.
Angélica de la Peña confió en que las organizaciones de la sociedad civil acompañarán el proceso de implementación de esta ley, para que, en un momento dado, pueda ser perfeccionada.
Se espera que las Comisiones Unidas de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Estudios Legislativos, aprueben este miércoles el dictamen, el cual será turnado de inmediato a la mesa Directiva para que sea sometido a la consideración del pleno.