Al acreditar que autoridades penitenciarias del Centro Federal de Readaptación Social (Cefereso) de Gómez Palacio, Durango, retuvieron ilegalmente por cinco meses y diez días a una persona que compurgó la pena que le fue impuesta, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 62/2017, dirigida al Comisionado Nacional de Seguridad (CNS).
El organismo recordó que las personas que cometieron conductas delictivas deben cumplir las penas impuestas por las autoridades jurisdiccionales en los términos que se especificaron en sus sentencias. Pero cuando se excede del tiempo previsto en las mismas, se vulneran sus derechos humanos, pues se le priva de su derecho a la libertad.
La CNDH calificó de inaceptable el argumento de las autoridades del penal federal de no liberarlo en la fecha establecida, ya que debían obtener el oficio por parte del Juez Tercero del Ramo Penal, o bien de la Dirección General de Prevención y Reinserción Social, toda vez que existió evidente exceso en la ejecución de la libertad respectiva.
Por lo anterior, el organismo pidió a la CNS reparar el daño ocasionado, así como colaborar en la queja y denuncia que por esos hechos se promuevan ante el Órgano Interno de Control y ante el Ministerio Público de la Federación respectivamente; girar oficios a la autoridad penitenciaria federal para que en un plazo no mayor a seis meses se apliquen las medidas pertinentes para vigilar los cómputos para el compurgamiento de las sanciones privativas de libertad y capacitar al personal del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social, para que se trabaje con apego a la legalidad y respeto a los derechos humanos.