La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió un amparo al gobernador de Veracruz, Miguel Ángel Yunes, y declaró inconstitucional la reserva total de los datos sobre gasto de comunicación social decretada por la administración de Javier Duarte en 2013.
Durante la sesión de este miércoles, los ministros de la Primera Sala resolvieron que los gobiernos no pueden clasificar como reservada toda la información sobre su gasto de comunicación social.
En su resolución, los ministros consideraron que “cuando el Estado contrata servicios de tiempos en radio y televisión con privados, como cualquier otra contratación realizada, debe rendir cuentas y ello se hace, en principio, a partir de la divulgación de la información de ese acto jurídico”.
Agregaron que “no hay una relación empírica entre clasificar como reservada todo un género o tipo de información y evitar un daño a la estabilidad financiera o no perjudicar a terceros”.
Del mismo modo, los ministros determinaron que difundir el valor de cada contrato de difusión ya pagado conlleva a que los competidores ofrezcan mejores condiciones en el futuro, además señalaron que por regla general toda la información en poder del Estado es pública, y rechazaron que sea posible clasificar como reservado el ejercicio de toda una partida presupuestal.
Cabe recordar que la Dirección de Comunicación Social de Duarte no solo reservó la información del gasto, solicitada por Yunes, sino que afirmó que eran “inexistentes” las facturas emitidas por los medios y los cheques con los que se les pagó.