Endurecen penas contra robo al autotransporte; tipifican el delito como federal

Los diputados acordaron que cuando el objeto del robo sea el camión y remolques, las sanciones irán de siete a 15 años de cárcel.

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El Pleno de la Cámara de Diputados, aprobó al hilo una serie de reformas en materia de justicia, que van desde el endurecimiento de las penas contra el robo al autotransporte y cataloga esa conducta como delito federal; hasta la eliminación de las normas que impedían a una mujer recién divorciada casarse de inmediato; así como reclamar el pago de pensión alimenticia a los hijos, incluso si son mayores de edad y que sea retroactiva al nacimiento.

Al presentar en particular el proyecto contra el robo al transporte, que se aprobó por unanimidad de 390 votos y será enviado al Senado de la República, el presidente de la Comisión de Justicia, Álvaro Ibarra, puntualizó que las penas serán de seis a 12 años de cárcel a quienes roben mercancías; y de dos a siete años, a aquellos que hurten el equipaje y pertenencias de pasajeros.

El legislador del Partido Revolucionario Institucional (PRI), añadió que cuando el objeto del robo sea el camión y remolques, las sanciones irán de siete a 15 años; cuando el infractor sea un funcionario público, se aplicarán hasta 18 años de cárcel; y cuando los delitos se cometan en pandilla, habrá cárcel hasta por 22 años.

Indicó que la penalización aumentará en una mitad, en el caso de funcionarios públicos involucrados y que ocupen puestos en materia de prevención, investigación, persecución del delito o ejecución de penas. El responsable será inhabilitado para volver a ejercer puestos públicos.

Sobre la pensión alimenticia, las reformas al Código Civil Federal aprobadas por 362 votos a favor y una abstención, serán enviadas al Senado para su estudio y aprobación.

Los cambios establecen que la pensión alimenticia derivada de una sentencia de reconocimiento de paternidad será retroactiva al nacimiento del menor.

El monto de la pensión será establecido por un juez, que tomará en cuenta si el acreedor reconoció al hijo y si hubo buena o mala fe del deudor alimentario dentro del proceso; también se contemplarán las necesidades y posibilidades reales del deudor para cumplir el compromiso, así como su entorno social, costumbres y otras particularidades familiares.

En la misma sesión, los diputados aprobaron con 344 votos a favor y tres abstenciones, más ajustes al Código Civil Federal, para eliminar las disposiciones que establecían que una mujer no podía contraer matrimonio, sino hasta 300 días después de divorciarse, a menos de que durante ese plazo tuviese un hijo.

Aclara que una vez divorciados, los cónyuges podrán recobrar su entera capacidad de contraer otro matrimonio sin restricción alguna.

Asimismo, el Pleno de San Lázaro avaló, con voto unánime de 377 a favor, modificaciones a las leyes General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; a la Nacional de Ejecución Penal; y al Código Nacional de Procedimientos Penales, a fin de brindar protección a los hijos menores de padres o tutores que se encuentren en prisión.

La reforma tiene como fin establecer que las autoridades correspondientes deben garantizar el ejercicio, respeto, protección y promoción de los derechos de los niños, niñas y adolescentes; aunado a que se deberán generar acciones, programas y mecanismos que permitan el crecimiento y desarrollo pleno de los menores en esas condiciones.

Finalmente, la Cámara aprobó con 380 votos, ajustes al Código Penal Federal, para sancionar con uno y hasta nueve años de cárcel, y multas de 300 a tres mil días, a quienes de manera ilegal, abandonen especies de fauna silvestre, después de haberlas utilizado y mantenido en condiciones de cautiverio o confinamiento, a fin de sacar algún tipo de provecho.