Admite parcialmente PGJ-CDMX recomendación de CDHDF; deficiente investigación, califica

Luego de no brindar acceso a un niño con autismo al Centro Pedagógico de Desarrollo Infantil (CEPDI), la PGJ-CDMX aceptó de forma parcial que le hizo la CDHDF.

Escrito en NACIONAL el

La Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México (PGJ-CDMX) aceptó de forma parcial la recomendación 15/2016 que emitió en su contra la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF), por omitir brindar acceso a un niño con autismo al Centro Pedagógico de Desarrollo Infantil (CEPDI).

En un comunicado la dependencia consideró que el organismo realizó una investigación deficiente y con análisis erróneos, puesto que no se configuran los actos de discriminación ni violación de garantías que se le atribuyen.

Precisó que contrario a lo que afirma la CDHDF, en ningún momento se negó el ingreso del menor a dicho Centro, ya que el hecho de que se solicitara a la peticionara, quien es empleada de la Procuraduría,  determinados estudios médicos no constituyen en sí una forma de negativa del servicio.

Señaló que la CDHDF indica que de agosto 2011 a mayo del 2012, el niño no tuvo acceso al CEPDI, pero omite que durante ese período el Centro Pedagógico se estuvo a la espera de la entrega de los estudios realizados por el Instituto Nacional de la Comunicación Humana.

Además de los resultados de neurología y psiquiatría aplicados al menor, los cuales fueron entregados por la peticionaria el 21 de junio del 2012, quien informó ese mismo día que no continuaría con el trámite de ingreso de su hijo, dado que lo llevaría al Centro de Atención Múltiple de la Secretaría de Educación Pública.

“De lo anterior, se advierte una deficiente investigación realizada por ese organismo, pues sin realizar una correcta interpretación de los hechos, atribuye a esta autoridad violaciones a derechos humanos carentes de toda justificación legal”, precisó la Procuraduría capitalina.

Agregó que la CDHDF también tiene un enfoque de análisis erróneo al calificar como un acto de exclusión la canalización del menor a otras instituciones de salud, cuando el fin era que recibiera una atención más especializada.

Afirmó que a la servidora pública de la Procuraduría capitalina se le han brindado “todas las facilidades de horario y de días, para que pueda atender a su hijo, por lo que esta dependencia también rechaza que exista mala fe y falta de apoyo institucional en este caso”, subrayó.

“Ante estas consideraciones, la Procuraduría General de Justicia de la ciudad de México acepta de forma parcial la Recomendación en la que se establece que se indemnice de manera integral a las personas agraviadas por concepto de daño material e inmaterial”, concluyó.