ENTREVISTAS PAMELA CERDEIRA

TEPJF valida chats privados; golpe a la intimidad

Mónica Calles Miramontes, abogada especializada en materia electoral y constitucional, advirtió que los nuevos criterios del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación para admitir chats privados como evidencia vulneran la intimidad.

El rumbo tomado por las autoridades electorales abre una puerta de riesgo para las libertades civiles en el entorno digital.
El rumbo tomado por las autoridades electorales abre una puerta de riesgo para las libertades civiles en el entorno digital.Créditos: Canva.
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Entrevista a Mónica Calles

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emitió una serie de tesis jurídicas para fijar los límites, reglas y parámetros que permitirán considerar los chats privados como evidencia válida en juicios, un hecho que la abogada constitucionalista Mónica Calles Miramontes calificó como una vulneración a la intimidad digital, advirtiendo que este fenómeno de fiscalización de las conversaciones particulares está ocurriendo de forma acelerada en el país.

¿Cómo afectarán los nuevos criterios del TEPJF a la privacidad digital?

La titular de la consultoría Defensa Electoral analizó el impacto de las nuevas directrices del órgano judicial y expuso sus repercusiones directas sobre los derechos de los usuarios:

  • Validación de revisiones: La especialista explicó que el tribunal federal está validando la posibilidad de revisar las conversaciones privadas, una determinación que, a su juicio, deja en evidencia la vulnerabilidad de las comunicaciones de los ciudadanos.
  • Expectativa de privacidad: La experta detalló que las autoridades judiciales introdujeron un parámetro específico para evaluar la expectativa de privacidad, el cual se contempla para ser analizado detalladamente durante una segunda etapa del procedimiento legal.
  • Restricción del espacio íntimo: Calles Miramontes resaltó que el tribunal electoral no se enfocó en lo que verdaderamente posee relevancia para la población, refiriéndose de forma concreta a la restricción del espacio personal y a la protección de la intimidad de lo que las personas expresan en sus entornos de comunicación privados.

La abogada constitucionalista puntualizó de igual manera que se trató de un caso que nunca debió de haber escalado hasta las instancias del Tribunal Electoral, manifestando firmemente que el Estado carece de facultades para descalificar o inferir en las conversaciones particulares de los ciudadanos.

Estadísticas sobre sanciones a periodistas y violencia de género

En el marco de este debate sobre la libertad de expresión y los juicios electorales, Calles Miramontes compartió datos estadísticos relevantes derivados de un estudio especializado sobre los perfiles de los sancionados en la materia:

  • Sanciones a periodistas: La especialista destacó que las amonestaciones y castigos normativos se concentran en parte hacia los profesionales del periodismo, dejando ver una disparidad en la aplicación de las medidas.
  • Perfiles del ámbito electoral: En contraste, la experta apuntó que apenas el 8% de estas penalizaciones ocurren dentro de perfiles que pertenecen estrictamente al entorno político-electoral.
  • Desviación en casos de violencia de género: Asimismo, expuso la existencia de una desviación en el uso de las políticas de violencia de género, revelando que únicamente el 27% de las querellas analizadas correspondieron genuinamente a casos fundamentados en política de violencia de género.

Con estas precisiones, la jurista concluyó que el rumbo tomado por las autoridades electorales abre una puerta de riesgo para las libertades civiles en el entorno digital.