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En entrevista para MVS Noticias con Manuel López San Martín, Josefina Román, Coordinadora de Datos del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), habló sobre que, INAI, abrió investigación contra AMLO por divulgar número telefónico de periodista del NYT.
“Hay que partir de que el derecho a la privacidad en México no solo hay una ley, es un derecho humano reconocido, del artículo 16 está la ley reglamentaria, todas las instituciones públicas y servidores estamos obligados al cumplimiento de la ley, entonces hacer esta difusión de un dato personal no es correcto, no cumple con lo que establece la Constitución y la ley de datos personales”, mencionó.
La Coordinadora de Datos del INAI, aseguró que a través de un comunicado se dio a conocer el inicio de la investigación por la difusión del teléfono de la periodista y a reserva de que presente una denuncia o no, se va a proceder como la ley lo manda.
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“Nos corresponde como organismo autónomo el correcto manejo de datos, agotaremos la etapa de verificación, llegaremos a las últimas consecuencias”.
¿Hay algún derecho por encima de la ley?
Josefina Román detalló que México es una República con una Constitución, “nadie puede estar por encima de ella ni de la ley, haremos lo que nos corresponde e iremos informando, para que conozcan el trabajo que realizamos”.
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“La ley establece diferentes etapas, iniciamos investigación, verificación y si hay irregularidades se arma un expediente con pruebas y el órgano de control interno establece la sanción, no se puede hacer pública la difusión de datos en razón de un cargo público”, afirmó.
¿Cuál podría ser la sanción para AMLO?
La Coordinadora de datos del INAI explicó que va desde una amonestación pública o privada, económica o destitución de cargo, “la más grave es una inhabilitación, pero hay que agotar las etapas”.
Para concluir destacó lo siguiente:
“Estamos obligados a cumplir con la ley, cuando somos particulares también hay una ley de protección de datos, es el mismo procedimiento y el INAI tiene facultades de sancionar con multas, como el ejemplo de una multa de 36 millones de pesos”.