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Exención de impuestos: así puedes disminuir el pago del ISR al vender tu casa

Diana Bernal, exprocuradora de la defensa del contribuyente, explicó en qué casos se puede acceder a este beneficio que otorga la ley.

Debes cumplir varios requisitos al vender tu casa.
Debes cumplir varios requisitos al vender tu casa.Créditos: Pexels
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Colaboración de Diana Bernal

En su colaboración para MVS Noticias con Luis Cárdenas, Diana Bernal, exprocuradora de la defensa del contribuyente, habló sobre la exención de impuestos al momento de vender una casa o departamento.

Al poner a la venta un inmueble, se debe tomar en cuenta que, sobre el precio acordado, se tendrá que pagar el Impuesto Sobre la Renta, que puede ser de hasta el 30 por ciento.

Sin embargo, la ley da una exención del pago, pero solo en determinados casos.

“Tiene que ser tu casa habitación, tienes que vivir ahí y no puedes venderla en más de 700 mil unidades de inversión, que significa alrededor de 5 millones 400 mil pesos, ejemplificó.

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¿Cómo obtener la exención de impuestos al vender una casa?

Es por eso que, comentó, se debe demostrar que se vivió de manera permanente en ese inmueble y que no es una casa de descanso.

Para eso se tendrá que comprobar que se habitó por lo menos tres años antes de la fecha de venta por las siguientes vías:

  • “Si en tu credencial del INE aparece ese domicilio, ya la hiciste”, dijo.
  • “Tienes que presentar los comprobantes de los últimos 36 meses que haya expedido la CFE o algún servicio de telefonía fija”.
  • “Puedes presentar 36 estados de cuenta mensuales expedidos por algún banco o tienda comercial. Es necesario que este recibo esté al nombre del dueño o dueña de la casa”.
  • “Vamos a tener que expedir un comprobante fiscal por internet. Será el notario el que expida el CFDI, pero si alguien se dedica a compraventa de otros artículos, no casas, él será el que expida el CFDI”.
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Respecto a esto, mencionó que muchos se molestan porque no obtienen este beneficio, pero que se deben comprender y cumplir con las reglas del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

“Si la puse a mi nombre, pero no en los recibos de luz o estados de cuenta no podré gozar de la exención”, explicó.

En el caso de un terreno, mencionó que “nunca aplica, solo si tengo una casa habitación y el terreno no mide dos de terceras partes del terreno”.

“Si mi terreno es muy grande y es la quinta parte del terreno, no aplica”, puso de ejemplo.

Mientras que, si se trata de una sociedad conyugal, “no hay copropiedad, hay un derecho de ambos sobre el inmueble, pero el que vende es el dueño”.

Diana Bernal aclaró que la exención de impuestos al vender una casa aplica a nivel federal debido a que el Impuesto Sobre la Renta es nacional.