ENTREVISTAS LUIS CÁRDENAS

CFDI: ¿Qué usos se le puede dar? Esto pasa si te equivocas ante el SAT

Diana Bernal, exprocuradora de la defensa del contribuyente, compartió los tres conceptos que existen para definirse en una factura.

Evita un problema con el SAT.
Evita un problema con el SAT.Créditos: Cuartoscuro
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Colaboración de Diana Bernal

En su colaboración con Luis Cárdenas para la Primera Emisión de MVS Noticias, Diana Bernal, exprocuradora de la defensa del contribuyente, habló sobre los usos que se deben indicar al solicitar una factura o CFDI.

“Resulta un poco complejo con el uso obligatorio de la factura 4.0 que cuando las personas comunes y corrientes acudamos a un establecimiento que preste servicios o enajene bienes, pidamos nuestra factura”, contextualizó.

En esos momentos, contó la especialista, se solicitará la Constancia de Situación Fiscal para tener el código postal y el régimen fiscal al que se pertenece, así como el uso que se le va a dar.

“Si das un uso que no es correcto el SAT puede darle cero efectos deducibles a ese comprobante entonces te metes en todo un problema de cancelar ese comprobante y pedir otro”, contó.

Se integra la clave S-01. Crédito: Pexels

¿Qué usos hay para los CFDI?

Diana Bernal comentó que, básicamente, son tres los conceptos de gastos y derogaciones: gastos, inversiones y deducciones personales.

“El primero es adquisición de mercancías, devoluciones y gastos en general, si yo creo que eso que estoy pagando lo puedo deducir, incluso en este mes, tengo que dar el concepto gastos en general; inversiones sí lo tengo que deducir en varios años”, explicó.

Por ejemplo, todo lo que es mobiliario como un escritorio o una silla no es un gasto, sino una inversión, al igual que equipos de cómputos, comunicaciones telefónicas, satelitales y maquinaria.

“Basta con que diga si es un gasto en general o si es equipo de oficina y el proveedor tiene que ser la oferta”, compartió. “Son las 10 deducciones personales y basta con que digas si es honorario médico o donativo, planes de retiro o colegiaturas”.

En caso de que no se le piensa dar un uso fiscal al comprobante, hay dos opciones: la clave S-01 que no tiene efectos fiscales; o bien que se facture al público general.

Diana Bernal concluyó y enfatizó de nuevo con que “si no hacemos esto y queremos deducir un gasto, nos podemos meter en un problema” ante el SAT respecto al CFDI.