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En entrevista para MVS Noticias con Luis Cárdenas, la exprocuradora de la defensa del contribuyente, Diana Bernal, habló sobre qué obligaciones fiscales tienen las instituciones que pagan intereses y los contribuyentes que los reciben.
“Hubo mucho interés sobre este tema, recordemos que dijimos que para el año que entra la retención provisional va a subir en una porporción de uno a diez. Esta tasa se aplica no sobre los intereses que genera el capital, sino el 1.48 sobre el monto del capital, hay mucha gente que dice que es inconstitucional”, mencionó.
“Lo que causa el impuesto es el interés, el rendimiento, no el capital, el pago provisional por los intereses se puede convertir en un pago definitivo para la declaración anual, ya no vas a pagar sobre intereses nominales, y el que se presenta en la declaración es sobre el interés real”, expresó.
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¿Quiénes deben darse de alta?
“Aunque estén por honorarios o salarios, deben dar su alta como usuarios que perciben intereses, de lo contrario representaran faltas contra el SAT”, manifestó.
Diana Bernal especificó que el banco debe entregar constancia para decir cuántas retenciones tuviste, intereses nominales ganados y cuáles son realmente los intereses reales para pagar el impuesto, pero restando la inflación. “Todo lo que sea la administración de fondos y cajas de ahorro están exentos de la Tasa de retención de intereses”, concluyó.