El Gobierno de México, a través de una acción conjunta entre el SAT, la SENER, la Comisión Nacional de Energía (CNE) y la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT), implementará un nuevo mecanismo de control fiscal para el sector de los combustibles.
A partir del próximo 24 de abril de 2026, entrará en vigor de manera obligatoria el “Complemento Concepto para la facturación de Hidrocarburos y Petrolíferos” dentro del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).
Esta medida busca dar certeza y seguridad a la población sobre la trazabilidad de los productos energéticos, formando parte de una estrategia integral para combatir el robo, la corrupción y el contrabando técnico de combustibles.
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Requisitos para gasolineras y comercializadores
La implementación de este complemento impactará directamente la operación de los establecimientos que venden gasolina regular, premium y diésel:
- Permiso Vigente: Es obligatorio contar con un permiso vigente expedido por la CNE para poder emitir facturas bajo este nuevo concepto.
- Restricción de Facturación: Aquellos establecimientos que no incorporen este complemento o no tengan su situación regularizada no podrán emitir CFDI por la venta de hidrocarburos.
- Regularización: El Gobierno de México invita a los permisionarios a verificar la vigencia de sus documentos y regularizarse ante la CNE para evitar contratiempos en sus operaciones comerciales.
Transparencia y combate al mercado ilícito
Con la entrada en vigor de este CFDI especializado, se busca promover un mercado lícito de combustibles y fortalecer la recaudación fiscal derivada de este comercio. El proceso de validación de permisos se puede realizar a través del portal oficial de la Comisión Nacional de Energía en el sitio web.
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Esta normativa refuerza el compromiso de la administración actual por erradicar el contrabando de gasolinas y asegurar que cada litro comercializado en territorio nacional cumpla con los estándares legales y fiscales en beneficio de la población.
