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Devolución anual 2025: ¿Debe el SAT pagar el atraso de mi saldo a favor?

Si el SAT no te devuelve tu saldo a favor en 40 días hábiles, por ley debe pagarte intereses. Te explicamos cómo reclamarlos.

Si tu saldo a favor tarda más de 40 días, el SAT debe pagarte intereses.
Si tu saldo a favor tarda más de 40 días, el SAT debe pagarte intereses. Créditos: SAT y Canva
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Miles de contribuyentes que presentaron su declaración anual 2025 y obtuvieron saldo a favor siguen esperando su reembolso. Pero ¿sabías que, si el SAT se retrasa más de 40 días hábiles, está obligado a pagar intereses por la demora?

Aquí te explicamos cuánto debes recibir, cómo reclamarlo y qué hacer si tu devolución no llega.

¿Cuánto tiempo tiene el SAT para devolverte tu saldo?

Según el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación (CFF), el plazo máximo es de 40 días hábiles desde que presentaste tu declaración o solicitud de devolución. Aunque puede haber algunas excepciones, como:

  1. Si el SAT te pide información adicional, el plazo se pausa hasta que la entregues.
  2. Si hay errores en tu declaración, el retraso puede extenderse.

¿Qué pasa si el SAT no cumple el plazo?

Derecho a intereses por mora. De acuerdo con el artículo 22-A del CFF establece que el SAT debe pagarte intereses si se excede del plazo.

  • Tasa base: 1.47% mensual.
  • +50% adicional por retraso: 2.205% mensual.
  • Por ejemplo, si tu saldo a favor es de $15 mil pesos.
  • Por un mes de retraso te darían $330.75 de intereses.

¿Cómo solicitar los intereses?

El pago no es automático. Debes:

  1. Presentar un escrito en el Buzón Tributario o en una oficina del SAT (con cita).
  2. Adjuntar acuse de declaración (con saldo a favor).
  3. Estado de cuenta (para comprobar la fecha de depósito).
  4. Cálculo de intereses (con la tasa vigente).
  5. Tienes 5 años desde el vencimiento del plazo de 40 días.

¿Por qué se retrasa la devolución?

Las causas más comunes son:

  • Datos incorrectos en la declaración.
  • Facturas mal vinculadas a tu RFC.
  • Cuenta CLABE no válida o no actualizada.
  • Revisión adicional por el SAT.

La devolución de saldo a favor es un derecho, y si el SAT no cumple en tiempo, debe compensarte. Si llevas más de 40 días hábiles esperando, ya sabes qué puedes hacer.