La dinámica de negocios en el entorno digital está a punto de experimentar una transformación fiscal significativa en México con la entrada en vigor de la reforma a las plataformas digitales, prevista para el 1 de enero de 2026, como parte del Paquete Económico.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) busca reforzar la recaudación y el control sobre las transacciones realizadas a través de estas plataformas, impactando directamente en la liquidez y las obligaciones de los vendedores, tanto personas físicas como morales.
¿De cuánto será el aumento de retenciones de ISR e IVA?
El cambio más notable de la reforma se centra en el incremento de las tasas de retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y la imposición de nuevas obligaciones de retención, tal como lo establece la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) para 2026, aunque, según el SAT, las y los trabajadores no pagarán más impuestos.
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Para Personas Físicas, la LIF 2026 establece que la tasa de retención de ISR que las plataformas deben aplicar a las personas físicas (que venden bienes o prestan servicios) se duplicará con creces, pasando del 1% al 2.5% sobre el total de los ingresos brutos.
Firmas especializadas en materia contable y fiscal señalan que, si bien esta retención es acreditable, su aumento impacta directamente el monto neto que el vendedor recibe por cada transacción, reduciendo su liquidez mensual.
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- Para Personas Morales: A partir de 2026, las plataformas digitales tendrán la obligación de retener el 2.5% de ISR sobre el ingreso bruto a todas las personas morales que realicen ventas o presten servicios a través de su intermediación.
Las retenciones del SAT
Para resumirlo, "no hay incremento de impuestos"; sin embargo, sí hay un incremento en la retención. La retención funciona como una "guardadita" o "cobranza anticipada" que la plataforma del SAT debe hacer de tus ingresos.
