Conforme se acerca el fin del año, una de las fechas más esperadas por millones de trabajadores en México es la del pago del aguinaldo, una prestación que representa un alivio económico y una oportunidad para saldar deudas, ahorrar o disfrutar de las festividades decembrinas.
En ese sentido, la presidenta, Claudia Sheinbaum, firmó un decreto para que el pago del aguinaldo correspondiente al ejercicio fiscal 2025 sea equivalente a 40 días de salario. Este beneficio está destinado para los empleados del sector público federal, quienes empezarán a recibir este monto a partir del 10 de noviembre.
El decreto, publicado en el Diario Oficial de la Federación, señala que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) es la entidad que deberá emitir los lineamientos para aplicar la disposición y garantizar la dispersión de los recursos conforme al presupuesto disponible.
¿Quiénes reciben aguinaldo de 40 días en 2025?
De acuerdo con el mandato, las personas que sí tienen derecho a recibir un aguinaldo equivalente a 40 días durante el ejercicio fiscal 2025 son las siguientes:
- Servidores públicos federales cuyas relaciones laborales se rigen por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado (apartado B del artículo 123 constitucional).
- Personal operativo de confianza que labora en dependencias y entidades del Gobierno Federal.
- Personal de enlace y de mando, así como integrantes del Servicio Exterior Mexicano que desempeñan funciones dentro del territorio nacional.
- Personal del Servicio Exterior Mexicano y asimilado a este que se encuentre en funciones en embajadas, consulados y representaciones de México en el extranjero.
- Militares en activo pertenecientes a las Fuerzas Armadas Mexicanas.
- Personas físicas contratadas por honorarios que prestan servicios profesionales en dependencias, entidades o el Servicio Exterior Mexicano, siempre que sus honorarios se cubran con recursos del capítulo de Servicios Personales del Clasificador por Objeto del Gasto.
- Pensionistas y jubilados, incluyendo:
- Quienes reciben haber de retiro, pensión militar, pensión civil o pensión de gracia.
- Deudos de pensionados con derecho a recibir este beneficio.
- Veteranos de la Revolución con pensión otorgada por el ISSSTE o con cuota adicional con cargo al erario federal.
- Personal de otras categorías no especificadas, siempre que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) lo autorice conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.
Estos son los trabajadores excluidos del aguinaldo de 40 días
El artículo octavo del decreto sobre el aguinaldo indica que quienes no recibirán el aguinaldo del 40 días son aquellos que:
- Estén contratados por honorarios especiales, es decir, fuera del capítulo de “Servicios Personales” del presupuesto federal.
- Reciban pagos o percepciones que no estén contemplados en el artículo Quinto del decreto (que establece quiénes sí reciben aguinaldo) o en los lineamientos de la Secretaría de Hacienda.
