El SAT informó que ofrecerá un incentivo fiscal a pequeños contribuyentes en el ejercicio fiscal del 2025, el cual equivale a la disminución de 100% en multas, incluidas las que tienen agravantes, recargos y gastos de ejecución a personas físicas y morales que tuvieron ingresos por debajo de los 35 millones de pesos, aplicable al ejercicio del 2023 y anteriores.
El organismo fiscalizador indicó que el objetivo es la regularización de los contribuyentes, pero acota que estas medidas solo son para aquellos que no recibieron alguna condonación en los programas generalizados de 2000, 2007 y 2013 y que no tengan sentencia condenatoria firme por algún delito fiscal.
El brazo fiscalizador de la Secretaría de Hacienda, advirtió que la mediada no aplicará para aquellos contribuyentes que tengan a cargo contribuciones omitidas actualizadas; contribuyentes que se encuentran sujetos a facultades de comprobación o Contribuyentes con créditos fiscales a cargo, por los que se les haya autorizado pago a plazos, ni tampoco para contribuyentes con créditos fiscales firmes a cargo.
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El SAT sostuvo que el estímulo fiscal no se considera como ingreso acumulable para los efectos de la Ley del Impuesto sobre la Renta y en ningún caso dará lugar a devolución, deducción, compensación, acreditamiento o saldo a favor alguno; asimismo, se deja a salvo la posibilidad de que la autoridad competente pueda llevar a cabo el ejercicio de sus facultades para verificar que los contribuyentes que aplicaron el estímulo fiscal cumplieron con los requisitos y las condiciones para ello.