FINANZAS PERSONALES

¿Te pueden embargar por adeudo de un crédito? Esto dice la Condusef

Si tienes una deuda pendiente y te preocupa perder tu patrimonio, será mejor que conozcas lo que dice la ley al respecto de esta práctica.

Condusef aclara si es legal que te embarguen por una deuda crediticia.
Condusef aclara si es legal que te embarguen por una deuda crediticia. Créditos: Freepik
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Si no has sido una persona con tus compromisos financieros y te surge la duda de saber si es posible que las instituciones bancarias o de cobranza te embarguen por adeudo de un crédito, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) nos aclara lo que procede en estos casos y qué puedes hacer al respecto.

De acuerdo con la información oficial las recientes modificaciones al Código Penal señalan que ningún despacho de cobranza puede amenazar a los usuarios con un embargo, ya que esta práctica es ilegal y debe ser sancionada.

El titular de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), Mario Di Constanzo, señala que un embargo por deuda de crédito sí procede únicamente cuando hay de por medio la orden de un juez.  

¿Cuándo procede un embargo?

Ahora bien, debes saber que si tienes una deuda pendiente, existen dos tipos de cobranzas: las extrajudiciales, y las judiciales y sólo una de ellas es la que podrá hacer efectivo un embargo. 

La extrajudicial es la que realizan los despachos de cobranza contratadas por los bancos y que suelen ser muy insistentes con los deudores vía telefónica para obligarlos a pagar bajo amenazas de un presunto embargo.  

En tanto, la cobranza judicial, es la que autoriza un juez mercantil y para que se haga efectivo el embargo, la persona debió ser notificada antes.   

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¿Qué hacer si te amenazan de embargo? 

Si eres víctima de acoso por parte de las oficinas de cobranza, debes saber que la Condusef puede sancionar a la institución financiera que contrató al despacho por no seguir las normas que dispone actualmente la ley.

Para ello puedes acudir a las oficinas de la Condusef, en donde con ayuda de la Procuraduría General de la República (PGR) se interpondrá una demanda contra la oficina de cobranza por amedrentar al deudor.   

O si lo prefieres la instancia pone a disposición su servicio de queja electrónica en el siguiente enlace, el correo: asesoria@condusef.gob.mx y el teléfono: 55 53 400 999

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Además puede presentar su queja ante el Registro de Despachos de Cobranza (Redeco) de la Comisión, y dependiendo del caso se le canalizará con la figura correspondiente para atenderle.

Ahora ya sabes que si te encuentras en una situación financiera en la que te preocupa que te embarguen por deber un crédito, no te preocupes que la Condusef te orienta y te dice lo qué se puede hacer.