Si haces transferencias bancarias es importante que sepas que debes tener precaución con los conceptos de pago que pones, pues el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podría multar a los usuarios, ya que se cataloga como una forma para evadir impuestos.
Actualmente realizar transferencias desde cualquier celular o computadora es muy fácil y práctico, ya que las personas evitan hacer largas filas en las sucursales bancarias. Sin embargo, no hacerlo de la forma adecuada podría traer consecuencias legales.
En pasadas ocasiones hemos abordado el tema de las transferencias bancarias y la intervención del SAT cuando sospecha de tus actividades.
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Lo que no debes poner en tus conceptos de pago
Sea cual sea el motivo de tu transferencia, no pongs en motivo de pago la palabra “donativo”, que cabe destacar es muy usada por los contribuyentes cuando quieren evadir impuestos.
Estas son las palabras o frases que debes evitar
- Evitar el uso de frases que puedan interpretarse como bromas o chistes, ya que pueden dar lugar a malentendidos y levantar sospechas innecesarias.
- Abstenerse de utilizar nombres inusuales o falsos en el concepto de pago, ya que esto podría dificultar la identificación de la transacción.
- No mencionar términos relacionados con actividades ilegales, como "armas" o "drogas", o cualquier producto o servicio prohibido por la ley.
Conceptos que sí están permitidos por el SAT
Los términos que sí puedes utilizar en los conceptos de tus transferencias bancarias son: despensa, ahorro, pago, comida, transporte, deuda o tanda.
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Toma en cuenta que otro de los cambios que implementó el órgano fiscal fue el monto que tienen permitido los usuarios bancarios para evitar ser investigados.
No todas las trasferencias están sujetas al pago de impuestos, sólo serán aquellas que excedan los 15 mil pesos, y eso engloba tanto personas físicas y morales respecto de todos los depósitos en efectivo, en moneda nacional o extranjera. No obstante, si el monto rebasa este límite, el banco asume la responsabilidad de informar al SAT, que, a su vez, analizará dichos movimientos.