SOCIEDAD

Pensión por viudez: Estos son los requisitos para recibir el apoyo del IMSS

Esta prestación puede ser solicitada por los esposos o concubinos del asegurado o pensionado fallecido.

Pensión de viudez del IMSS.
Pensión de viudez del IMSS.Créditos: Cuartoscuro
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Los apoyos que brinda el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a la sociedad son múltiples y entre estos se halla la pensión por viudez, un respaldo para las viudas de asegurados o pensionados fallecidos. 

Esta prestación puede ser solicitada por los esposos o concubinos del asegurado o pensionado fallecido; el Instituto aclara que sólo a falta del asegurado se podrá solicitar por la mujer u hombre con quien el fallecido hubiera vivido durante los cinco años que precedieron inmediatamente al deceso. 

Agrega que también podrá pedirla la persona con quien tuvo hijos, siempre que los dos hubieran permanecido libres de matrimonio durante el concubinato. 

¿Cuáles son los requisitos para solicitar la pensión por viudez del IMSS?

En su página de internet, el instituto explica que para que una persona pueda solicitar la pensión debe de cumplir los siguientes requisitos: 

  • El asegurado(a) fallecido(a) debería tener 150 semanas de cotización al momento de su muerte, excepto si el fallecimiento ocurrió a causa de un riesgo de trabajo.
  • El asegurado(a) debe estar vigente en sus derechos.
  • La esposa(o) debe acreditar el vínculo matrimonial, o la concubina(rio) la relación de concubinato.
  • Si el fallecimiento del asegurado es derivado de un riesgo de trabajo, se requiere la dictaminación de los servicios médicos institucionales, a través del formato "Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgo de Trabajo ST-3".
  • El esposo o concubinario debe acreditar la dependencia económica con la asegurada o pensionada fallecida.

También se aclara que si el esposo o concubinario desea su pensión al amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1973, deberán: 

  • Acreditar su total incapacidad, misma que será dictaminada por los servicios médicos institucionales, a través del "Dictamen de Beneficiario Incapacitado ST-6".
  • Los beneficiarios de pensionados recibirán la prestación bajo el mismo régimen de la Ley del Seguro Social del pensionado fallecido.

Es recomendable asesorarse con especialistas del IMSS para recibir orientación específica para realizar el trámite y garantizar el acceso oportuno a la pensión por viudez.