ECONOMÍA

Día del Trabajo: ¿Cuánto me deben pagar si laboro en el descanso oficial?

Las leyes mexicanas obligan a los empleadores a pagar el doble o hasta el triple a sus trabajadores que cumplan su labor en días feriados, asuetos o puentes.

Día del Trabajo.
Día del Trabajo.Créditos: Pexels
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Este lunes primero de mayo se conmemora el Día de Trabajo, el cual es una de las fechas festivas del calendario en que la mayoría de los trabajadores descansan. 

Sin embargo, también hay parte de la población que no dejará de laborar ese día, pero gozarán de una paga mayor. 

Las leyes mexicanas obligan a los empleadores a pagar el doble o hasta el triple a sus trabajadores que cumplan su labor en días feriados, asuetos o puentes.

En México, los días que se pagan al doble son los llamados asuetos oficiales, que están establecidos en el artícuo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

  • 1 de enero 
  • Primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
  • Tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
  • 1 de mayo 
  • 16 de septiembre
  • Tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
  • 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
  • 25 de diciembre

Estos días de descanso oficiales tienen como objetivo que los trabajadores puedan celebrar con entera libertad, las festividades cívicas o religiosas que se conmemoran en esas fechas. 

¿El Día del Trabajo entra en los días que se pagan doble o triple?

La Ley Federal del Trabajo indica que este 2023 son seis fechas las que se pagarán doble a los trabajadores este 2023, las cuales son:

  • 6 de febrero
  • 20 de marzo 
  • 1 de mayo
  • 16 de septiembre
  • 20 de noviembre
  • 25 de diciembre

El artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo establece que los trabajadores que presten servicio en alguna de las fechas feriadas oficiales deberán recibir un salario doble por el servicio prestado, que será independiente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio. 

De igual forma, la normativa establece que sólo una fecha del calendario será la pagada al triple, la cual es el el 1 de enero.

Además, señala que los prestadores de servicio que laboren el día domingo tendrán una prima adicional del 25 por ciento sobre el salario ordinario. 

Así que si eres parte de la población que laborarán el próximo lunes 1 de mayo, ya sabes cuánto es lo que te deben de pagar.