Actualmente en México, miles de personas tienen derecho a recibir el dinero que guardan en su Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) de acuerdo a la cantidad de años trabajados, sin embargo, no todos saben cómo disponer de estos recursos una vez que ya no van a trabajar.
Existen tres formas de disponer del dinero acumulado, una es realizando un retiro voluntario, otra es cuando se llega a la etapa de jubilación, es decir cuando se cumplen entre 60 y 65 años; y una más cuando el interesado queda desempleado.
¿Cuándo puedo disponer del Afore?
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) establece que, en caso de ya no trabajar, los derechohabientes podrán recibir el monto total de su Afore una vez concluido el trámite de su pensión. Para ello, una vez que tengan la resolución del IMSS, el beneficiario deberá acudir a las oficinas de su Afore en la que se encuentra inscrito y solicitar el dinero acumulado.
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Cabe señalar que aquellas personas que desean hacer un retiro voluntario de su Afore, lo pueden hacer en cualquier momento.
Por último, cuando el interesado se queda sin empleo por un periodo de al menos 46 días y quiere disponer de su ahorro, puede hacerlo. Sin embargo es necesario que no haya hecho este trámite en al menos 5 años.
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¿Cómo solicitar el retiro de tu Afore?
Si deseas retirar tus ahorros por algunas de las razones que te compartimos, debes acudir a cualquier sucursal de la Afore que administra la Cuenta Individual y presentar:
- Solicitud de disposición de recursos debidamente llenada y firmada, que será proporcionada por la AFORE.
- Identificación oficial vigente (INE, pasaporte, cédula profesional, cartilla militar, documento migratorio y matricula)
- En caso de ser menores de edad, es necesario poner acta de nacimiento del menor o pasaporte, INE del adulto responsable a cargo.
- Estado de Cuenta bancario con número de Clave Estandarizada (CLABE).
- En caso de fallecimiento del Trabajador, las personas que el titular de la cuenta haya designado tendrán derecho a disponer de los recursos de sus Subcuentas de Aportaciones Voluntarias.
Además, las personas que han sido seleccionados como beneficiarios deben presentar:
- Formato de designación de Beneficiarios entregado en la AFORE o bien, la Resolución, Concesión de Pensión o Laudo que declare la calidad de Beneficiario.
- Copia certificada del acta de defunción del Trabajador.
- Identificación oficial vigente de la persona que inicie el trámite.