Cuando escuchamos la palabra portabilidad inmediatamente pensamos en telefonía; sin embargo, si cuenta con pensión del IMSS e ISSSTE también puedes realizarlo y aquí te explicamos de qué se trata.
Si eres una persona trabajadora que ha cotizado, de manera simultánea o por periodos intermitentes, para el IMSS e ISSSTE, conoce cómo puedes obtener tu portabilidad de derechos.
El convenio de portabilidad es un beneficio que permite unificar las cotizaciones de los trabajadores que se desempeñaron tanto en el sector público, como en la iniciativa privada, mejorando el cálculo de pensión, ya sea ante el ISSSTE o el IMSS bajo la Ley 73.
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¿Cuáles son los requisitos para hacer tu portabilidad?
- Contar con cotizaciones en ambos institutos (IMSS e ISSSTE).
- Formar parte de la Ley 73 o 97 del Seguro Social (LSS 73 Y LSS 97) y pertenecer al Régimen de Cuentas Individuales ISSSTE.
- Tener una edad mínima de 60 años (puedes iniciar el trámite en el transcurso del año anterior a cumplir la edad).
- Estar en periodo de Conservación de Derechos en el IMSS (para pensiones LSS 73).
- Contar con la constancia de Períodos Reconocidos ISSSTE-IMSS.
Recuerda que el trámite se realiza en el Instituto de seguridad en la que se tiene la última cotización, pero si la baja fue de forma simultánea, puedes acudir al Instituto que desees, con los siguientes documentos:
- Identificación oficial con fotografía.
- CURP.
- Copia del documento de elección o impresión del Expediente Electrónico Único que acredite que está bajo el régimen de cuentas individuales del ISSSTE.
- Estado de cuenta de la Afore.
Deberás realizar tu solicitud de transferencia de derechos:
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- En el caso de IMSS: de manera presencial en la Subdelegación más cercana a tu domicilio, o en línea, a través de IMSS Digital, ingresando a la página de internet oficial del Seguro Social.
- En el caso del ISSSTE: de forma presencial en las Subdelegaciones de Prestaciones de las Representaciones Estatales y Regionales
El Instituto que reciba tu solicitud de transferencia de derechos solicitará la información de los periodos y salarios, base de cotización o sueldos básicos con el fin de obtener tus periodos de cotización reconocidos por ambos Institutos.
Finalmente, recibirás una “Constancia de Semanas Cotizadas en el IMSS con la totalización de períodos ISSSTE” o el “Informe de Periodos de Cotización del ISSSTE".
Ahora ya lo sabes, tienes pensión IMSS e ISSSTE, debido a sus diversos trabajos puedes realizar tu portabilidad de derechos ahora que ya conoces los requisitos.