IFT declara a Televisa agente con poder sustancial en el STAR

El IFT concluyó que el servicio de televisión restringida provisto por cualquier tecnología (cableadas, satelital e IPTV) son sustitutas entre sí.

El Pleno evaluó que el mercado relevante corresponde a la provisión del servicio de televisión restringida en 35 localidades
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El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) declaró a Grupo Televisa como agente con poder sustancial en el servicio de televisión y audio restringidos (STAR), tras resolver el expediente AI/DC-002-2019, tramitado conforme al artículo 96 de la Ley Federal de Competencia Económica.

El IFT afirmó que Grupo Televisa, es el líder en cada uno de los 35 mercados relevantes y su posicionamiento no ha sido contrarrestado por sus competidores; además, éste se reforzó como consecuencia de la concentración.

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El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones indicó que los índices de precios crecientes y los altos márgenes de rentabilidad de GTV proporcionan evidencia consistente con la existencia de un agente que no enfrenta restricciones competitivas que limiten efectivamente su capacidad de fijar de precios

Durante la XXII Sesión Ordinaria, el Pleno evaluó que el mercado relevante corresponde a la provisión del servicio de televisión restringida en 35 localidades. Estimó que los servicios audiovisuales OTT y el servicio de televisión radiodifundida no pueden considerarse como sustitutos del STAR.

Además el IFT concluyó que el servicio de televisión restringida provisto por cualquier tecnología (cableadas, satelital e IPTV) son sustitutas entre sí. Asimismo, la provisión puede ser individual o empaquetada.

Los niveles del Índice Herfindahl-Hirschman (IHH) reflejan que se trata de mercados altamente concentrados.

Dijo que los altos niveles de participación de mercado de GTV, los altos niveles del IHH y su estabilidad en el tiempo en cada uno de los mercados relevantes, se relacionan con una situación de poder sustancial de mercado.

Finalmente advirtió que la existencia de costos elevados para cambiar de proveedor que pudieran enfrentar los usuarios, derivados de prácticas como el establecimiento de plazos forzosos y penalizaciones por terminación anticipada, limita la movilidad y capacidad de los usuarios para ejercer restricciones competitivas por el lado de la demanda.