Si un familiar fallece y se cree ser beneficiario de alguna de sus cuentas bancarias se puede acudir a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), para recuperarla, pues de lo contrario los recursos pasan a ser beneficencia pública.
El organismo defensor de los usuarios de servicios financieros precisa que no existe un procedimiento sistemático para que una institución financiera sepa del fallecimiento de sus clientes.
Sin embargo, si no hay ningún movimiento después de seis años en la cuenta de cheques, ahorro o inversión de un usuario fallecido, los recursos de las cuentas bancarias pasan a la beneficencia pública.
En el apartado “Consejos para tu bolsillo”, en el portal de Internet, destaca que la Condusef cuenta con un sistema de consulta que ofrece información a quienes tienen duda de ser beneficiarios de alguna cuenta.
Explica que las personas pueden acudir a la Condusef más cercana y elaborar la solicitud de Beneficiarios de Cuentas de Depósito, y presentar una copia del acta de defunción del fallecido, una identificación vigente (Instituto Nacional Electoral, pasaporte, entre otros).
Señala que se realiza una investigación y se verifica, a través de las instituciones bancarias afiliadas a la Asociación de Bancos de México (ABM), la presunción como beneficiario, obteniendo una respuesta en un plazo no mayor a 60 días naturales a partir de la fecha de la consulta.
Y en caso de en caso de una respuesta positiva, el expediente se turna a la Unidad Especializada de Atención a Usuarios (UNE) de la Institución, la cual se encargará de darle seguimiento al proceso.