Cofece dicta medidas para ordenar asignación slots en AICM

La Cofece resolvió que los servicios de aterrizaje, despegue, uso y control de plataformas del AICM que utilizan los transportistas aéreos para operar en este aeródromo generan afectaciones sistemáticas en la programación diaria de despegues y aterrizajes.

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Por considerar que la operación y reglamentación actuales en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México generan afectaciones graves a usuarios y prestadores de servicios de ese sistema de transporte, la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) notificó medidas para regular la asignación de despegues y aterrizajes.

Resolvió que los servicios de aterrizaje, despegue, uso y control de plataformas del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) que utilizan los transportistas aéreos para operar en este aeródromo generan afectaciones sistemáticas en la programación diaria de despegues y aterrizajes, como cancelaciones y retrasos en los vuelos.

Esta situación causa alta concentración de mercado en pocas aerolíneas, precios elevados y restricciones para la expansión de la oferta, efectos que resultan significativos pues dos terceras partes de los pasajeros en vuelos nacionales y un tercio de los internacionales tienen como origen o destino este aeropuerto mexicano, refirió.

En un comunicado, el organismo explicó que la resolución sustenta la falta de normas consistentes o claras en la operación aeroportuaria, la ausencia de la aplicación efectiva de la normatividad vigente en relación con el mecanismo de asignación y supervisión de los horarios de despegue y aterrizaje e infraestructura relacionada.

De igual forma, muestra la carencia de un procedimiento claro para que nuevas aerolíneas o las ya establecidas obtengan más horarios de aterrizaje o despegue.

El Pleno la Cofece estableció una serie de medidas correctivas a ser adoptadas por la terminal aérea, con el objetivo de revertir estas ineficiencias y los efectos anticompetitivos que provocan.

La Cofece sostuvo que adecuaciones abonan a la puntualidad del conjunto de las operaciones al prohibir a las aerolíneas el realizar maniobras de aterrizaje y despegue sin la obtención previa de un horario, con excepción de casos de emergencia o fuerza mayor.

De igual manera, dijo que dan a las aerolíneas certidumbre para la planeación y comercialización de sus itinerarios, al mandatar que el periodo de asignación de horarios deberá llevarse a cabo de conformidad con el calendario internacional de actividades de coordinación.

Destacó que al implementarse dichas medidas correctivas, las aerolíneas que operan en el AICM podrán cumplir sus obligaciones con los usuarios finales respecto al momento y forma del servicio comprometido, con lo cual disminuirán los tiempos de demoras.

Aseveró que aumentará la posibilidad de entrada y expansión de competidores en el mercado, lo cual fomentará una mayor oferta de vuelos y tarifas más bajas.

Además de las medidas correctivas ordenadas al AICM, como parte de la resolución y con pleno respeto al campo de sus respectivas atribuciones, la Cofece emitió recomendaciones al Congreso de la Unión, al Poder Ejecutivo y a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).

Al Congreso, reformar el Artículo 63 de la Ley de Aeropuertos, con el fin de crear una instancia autónoma –tanto técnica como financieramente– que asigne, controle y supervise los horarios de aterrizaje y despegue, conforme a las mejores prácticas a nivel internacional.

Al Ejecutivo, incorporar al Reglamento de la Ley de Aeropuertos los criterios del uso indebido de los horarios de aterrizaje y despegue, para impedir a los transportistas la realización de operaciones sin horario asignado, así como para incentivar la devolución de los horarios no utilizados.

Asimismo, emitir el instrumento normativo correspondiente que prohíba operaciones oficiales y de aviación general en el Aeropuerto, con excepción de las relacionadas con el Estado Mayor Presidencial y aquellas de seguridad nacional.

A la SCT, aplicar las sanciones correspondientes a las aerolíneas que realicen operaciones sin contar con un horario asignado, así como actualizar el estudio de saturación del AICM.

Con respecto a este estudio, aun cuando el decreto de saturación del Aeropuerto de septiembre de 2014 establece un límite de 61 operaciones por hora, indicó que en el expediente existen elementos para acreditar que en 2014 hubo horarios que superaron el límite establecido.

Por ello, estableció que es importante conocer con precisión la cantidad de horarios de aterrizaje y despegue que hay por distribuir.