La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) informó que, por primera vez, revisó y autorizó de manera parcial una operación que consiste en la conformación por diversos operadores de estaciones de servicio de un consorcio para la compra de combustibles.
El organismo antimonopolios recordó que antes de la reforma energética, la producción, importación, transporte y almacenamiento de combustibles eran actividades exclusivas de Petróleos Mexicanos (Pemex).
Sin embargo, en el nuevo contexto para que los operadores ofrezcan precios de venta al público atractivos que les permitan competir y mantenerse en el mercado tendrán que generar eficiencias a través de nuevas fuentes de suministro de gasolinas y diésel, oportunas, de calidad y más baratos.
Destacó que este es el caso de la operación notificada por grupo G500, que tiene la finalidad de obtener eficiencias en la compra de productos que comercializan sus estaciones de servicio, cuyos socios iniciales coinciden en la compra de gasolina (Magna y Premium) y diésel.
La Cofece destacó que la concentración fue autorizada, parcialmente, en los siguientes términos: se aprobó la integración de 54 operadores de estaciones de servicio en un consorcio de compras de combustibles y otros productos denominado G500.
Ello, luego de concluir que en conjunto tales estaciones obtendrían una baja participación en la compra de los distintos tipos de combustibles respecto a los mercados en los que participan.
Resaltó que quedó expresamente señalado que los socios operarán de manera independiente en la comercialización al menudeo de estos productos.
No obstante, objetó la operación respecto a lo que G500 denominó “la incorporación de socios potenciales”, los cuales no son definitivos o son inciertos, pues no se cuenta con información suficiente para realizar el análisis sobre los efectos que su participación podría generar al proceso de competencia.
Refirió que al considerar que se trata de un club de compras, aprobó un mecanismo para que G500 pueda, en el futuro, agregar nuevos socios, comunicando de manera previa a esta autoridad y brindando la información de los mismos.
De esta forma, indicó la Cofece, se crea un mecanismo rápido, oportuno y económico para que se verifique el impacto que la nueva afiliación generaría en las condiciones de competencia en el mercado.
La Comisión observó que, en fechas recientes, se celebraron otros procesos de consolidación de expendedores a través de adquisiciones, fusiones, consorcios o “alianzas comerciales” que tendrían por objeto preparar a las empresas, principalmente medianas y pequeñas a enfrentar los retos de un mercado abierto a la competencia, a partir de la incursión de nuevas cadenas o modelos comerciales nacionales o extranjeros.
Este tipo de acuerdos entre competidores, refirió, pueden ser lícitos y perseguir objetivos que son deseables en un mercado en competencia, como reducir costos, lo que podría trasladarse en favor de los consumidores; mejorar la proveeduría de insumos, las condiciones de logística y la tecnología empleada en la industria; ampliar la oferta de estos combustibles.
Sin embargo, puntualizó, estos mecanismos pueden favorecer condiciones de simetría en precios, conductas coordinadas entre competidores, generar la manipulación de precios y/o provocar niveles de concentración indebidos.
En este sentido, la Cofece consideró que las figuras de asociación que emprendan estos grupos deben ser analizados como una concentración conforme a lo previsto en la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE).
Lo anterior, precisó, con el fin de ponderar su posible impacto en las condiciones de competencia que prevalecen en los mercados de estos combustibles.
Por ello, recomendó notificar cualquier modelo de comercialización que decidan llevar a cabo cuando la transacción actualice cualquiera de los umbrales previstos en la Ley.