Las instituciones bancarias tienen la obligación de ofrecer cuentas de depósito básicas sin costo para los beneficiarios que reciban subsidios recurrentes de programas gubernamentales, estableció el Banco de México (Banxico).
Esta medida, explicó el banco central, tiene como propósito que una mayor proporción de la población pueda acceder a los servicios bancarios, así como facilitar la dispersión de subsidios a los beneficiarios de programas brindados por instancias gubernamentales.
Las cuentas mencionadas, subrayó en un comunicado, no podrán cobrar comisiones ni requerir el mantenimiento de un saldo promedio mensual.
Detalló que los servicios mínimos que deben proveerse en esas cuentas incluyen entre otros, apertura y cierre, otorgamiento de una tarjeta de débito al beneficiario y su reposición en caso de desgaste o renovación, y abono de recursos a la cuenta por cualquier medio,
Asimismo, retiros de efectivo y consultas de saldo en las ventanillas de sucursales y cajeros automáticos operados por la institución que lleve la cuenta, y el pago de bienes y servicios en negocios afiliados a través de la tarjeta de débito.
El Banxico señaló que estas cuentas pueden ser habilitadas, tanto por las instancias gubernamentales responsables de la dispersión de subsidios, como por los propios beneficiarios.
Refirió que las instituciones obligadas no podrán proceder a la cancelación de dichas cuentas, salvo cuando durante seis meses consecutivos éstas no reciban depósitos provenientes de programas brindados por instancias gubernamentales, para lo cual deberán notificar previamente al beneficiario.
Los ajustes regulatorios fueron publicados este martes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y entrarán en vigor el próximo 10 de agosto, plazo solicitado por la bancos para que realicen las adecuaciones a sus sistemas e inicien la provisión de dichas cuentas.
La regulación aplica a las instituciones de crédito que reciben depósitos de personas físicas, añadió el instituto central.