La asesora constitucional y experta en derecho fiscal, Diana Bernal, en entrevista con Juan Manuel Jiménez en ausencia de Manuel López San Martín habla sobre la Declaración Anual (DA) de las personas fiscas y los gastos deducibles en materia de salud y los topes que la ley establece para su deducción.
Durante la entrevista, mencionó los diferentes tipos de gastos médicos que se pueden deducir en tu DA para que el SAT te regrese algo de dinero.
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“Podemos deducir honorarios médicos, de enfermería, dentales, o por consultas en materia de nutrición y psicología, siempre y cuando los servicios se hayan prestado por profesionales con el título correspondiente”, comentó.
Del mismo modo, mencionó que los gastos hospitalarios incluidas las medicinas que se hayan empleado en la hospitalización y gastos médicos por incapacidad o discapacidad, incluyen prótesis y aparatos de rehabilitación, entran en esta deducción.
“Análisis clínicos y estudios de laboratorio, primas por seguros de gastos médicos y lentes”, mencionó.
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