TENDENCIAS

¿Qué pasa con las deudas si una persona muere?; Esto debes hacer

Conocer qué pasa con las deudas de nuestro ser querido que falleció es un punto de gran importancia para poder realizar los trámites necesarios cuando pasemos por esta situación.

Créditos: Freepik
Escrito en TENDENCIAS el

La carga emocional que conlleva la pérdida de un ser querido en momentos difíciles suele hacer que las deudas que esa persona deja pasen a un segundo plano en nuestros pensamientos. Sin embargo, es un punto importante que debemos tomar en cuenta, pues muchas de ellas no suelen quedar liquidadas como se piensa.

Generalmente, las deudas de quien ha fallecido se suelen saldar a través de un seguro. En la mayoría de los casos, los familiares no están obligados a asumir esas deudas, aunque existen excepciones. Es crucial conocer estas excepciones para salvaguardar tus finanzas. Algunos productos financieros incluyen un seguro de vida, como es el caso de las hipotecas o tarjetas de crédito. Este tipo de seguro cubre la deuda en el caso de fallecimiento del titular, es importante recordar que en el caso de las tarjetas de crédito, esta cobertura no aplica si hay más de tres meses de atraso en los pagos, o si se hace uso de la tarjeta poco después del fallecimiento.

A continuación te decimos qué hacer en caso de encontrarte en esta situación.

¿Cómo cancelar una tarjeta de crédito por muerte del titular? 

Es importante considerar que los requisitos para cancelar una tarjeta de crédito por motivo de fallecimiento pueden variar según la Institución Financiera y el tipo específico de tarjeta contratada por tu familiar. Al suscribir este producto crediticio, algunas personas optan por características adicionales. Por tanto, es fundamental revisar detalladamente el contrato inicial para conocer a fondo el tipo de producto adquirido.

Una vez que estés completamente informado sobre las características del producto, es recomendable contactar a la institución financiera para solicitar la cancelación de la tarjeta. Actualmente, este trámite se puede realizar ya sea por teléfono o acudiendo en persona a la sucursal. Una vez iniciado el procedimiento, el banco debe proporcionarte un acuse de recibo, una clave de confirmación o un número de folio como constancia del trámite.

¿Qué pasa con las cuentas bancarias del difunto? 

En el caso de ausencia de movimientos durante seis años, los fondos en cuentas bancarias se transfieren a la beneficencia pública. Si eres el beneficiario, puedes dirigirte a la CONDUSEF y presentar una solicitud específica. Esta solicitud debe detallar en qué instituciones se encuentran las cuentas para que puedas recuperar los fondos. Para obtener acceso a estos recursos:

  • Es necesario presentar una solicitud que demuestre el interés jurídico en el asunto.
  • Se debe aportar una copia de la identificación del solicitante.
  • También se requiere una copia del acta de defunción, expedida en un plazo no mayor a cinco años.

Hipotecas mancomunadas 

En la actualidad, existe la opción de solicitar un crédito hipotecario de manera conjunta, el cual considera los ingresos de ambos cónyuges con el fin de acceder a un préstamo de mayor cuantía. Esto les brinda la oportunidad de adquirir una vivienda de mayor valor. Cuando se aprueba el crédito, ambas personas están protegidas por un seguro de vida asociado a la hipoteca. En caso de fallecimiento de alguno de los cónyuges, el seguro cancela la deuda, siempre y cuando la póliza contemple el esquema de cobertura mancomunada conyugal y no existan pagos atrasados.

¿En qué situaciones eres responsable de saldar la deuda?

  • Has co-firmado la obligación.
  • Eres el cónyuge del fallecido.
  • Fuiste designado albacea (persona encargada, a través de un testamento, de liquidar la deuda).
  • Eres un codeudor solidario; es decir, proporcionaste tu aval o garantía.
  • Estás legalmente encargado de liquidar la herencia del fallecido y no cumpliste con ciertas leyes aplicables.
  • En ausencia de un testamento, un tribunal puede designar a un administrador.