JUSTICIA

Uriel Carmona podría echar abajo vinculación a proceso; FGJCDMX violó soberanía de Morelos

Juan Carlos Ávila López, investigador del Centro de Estudios Superiores en Ciencias Jurídicas y Criminológicas, dijo que la FGJ hizo mala interpretación del fuero constitucional del fiscal de Morelos.

Detención del fiscal Uriel Carmona.
Detención del fiscal Uriel Carmona.Créditos: Cuartoscuro
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El fiscal del estado de Morelos, Uriel Carmona Gándara, procesado por obstrucción de la justicia, podría quedar en libertad, por el incumplimiento del Juez de Control Carlos Trujillo y de la Fiscalia capitalina, para acatar la suspensión provisional que otorgó un juez de Distrito a favor del funcionario.

A eso se agrega que la FGJ hizo una mala interpretación del fuero constitucional del que goza el fiscal de Morelos, lo que bien puede interpretarse como una violación a la soberanía de ese estado, aseguró Juan Carlos Ávila López, doctor en Derecho Penal e investigador del Centro de Estudios Superiores en Ciencias Jurídicas y Criminológicas (CESCIJUC).

“Si el estado de Morelos determinó en el ejercicio de su libertad dotar de fuero a algunos servidores públicos tiene un origen en la Constitución federal, entonces no pueden estar por encima de la Constitución federal lo que digan las autoridades locales.

“Me parece que es un grave error de interpretación de la propia fiscalía y que eventualmente será analizado en lo que el fiscal (Carmona) promueva en contra del auto de vinculación a proceso”, destacó.

En entrevista con MVS Noticias, el investigador del CESCIJUC sostuvo que la Constitución al ser una norma suprema de carácter federal  solamente podía referirse a los delitos del ámbito federal, pero cada entidad federativa establece los ámbitos de aplicación respecto de la responsabilidad de los servidores públicos, toda vez que la Carta Magna no puede violar la soberanía de los estados.

Al referirse a la suspensión provisional que otorgó un Juez de Distrito contra la orden de aprehensión, el jurista Ávila López explicó que la defensa deberá ampliar la demanda de juicio de amparo en contra de la audiencia que declaró legal la detención y en contra del auto de vinculación a proceso y existe un antecedente muy próximo que es el de la jueza de Veracruz, Angelica.

“Es lo que sucedió en el caso de la jueza de Veracruz se violó la suspensión y el efecto de esa violación afectó los actos posteriores que es el auto de vinculación, entonces como la vinculación es producto de un acto ya viciado de origen por eso se dejó totalmente sin efecto”, puntualizó.

Agregó que es una “aberración jurídica” que los jueces locales argumenten que no han sido notificados del otorgamiento de la suspensión provisional, ya que esta surte efecto desde el momento en que se concede y así lo establece la Ley de Amparo.

Una “persecución de carácter político”, dijo, tendría que parar en la presentación de una controversia constitucional, toda vez que el órgano autónomo como lo es la FGJ CDMX vulneró la soberanía del estado de  Morelos.

@amarilloalarcon