LEY DEL SEGURO SOCIAL

IMSS publica la correcta integración del salario base de cotización

Según el artículo 27 de la ley, los conceptos de alimentación y habitación se integran cuando se entregan gratuitamente a la persona trabajadora.

El IMSS cuenta con medios para detectar estas prácticas indebidas al ejercer sus facultades de comprobación.
El IMSS cuenta con medios para detectar estas prácticas indebidas al ejercer sus facultades de comprobación. Créditos: Freepik.
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El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), aprobó un criterio para orientar a patrones y sujetos obligados sobre la correcta integración del salario base de cotización en relación con los conceptos de alimentación y habitación, alineado a la Ley del Seguro Social.

Según el artículo 27 de la ley, los conceptos de alimentación y habitación se integran al salario base cuando se entregan gratuitamente a la persona trabajadora.

El nuevo criterio, que fue aprobado por el Consejo Técnico de la institución, fue publicado este día en el Diario Oficial de la Federación el criterio número 02/2024/NV/SBC-LSS-27-V. 

En un comunicado se recordó que la Segunda Sala de la SCJN, mediante resolución del 17 de abril de 2024, resolvió que los patrones sólo pueden excluir del salario base los conceptos de habitación y alimentación cuando se entregan en especie; por lo tanto, resulta improcedente omitirlos del salario base cuando se entregan a la persona trabajadora en efectivo.

Ante esta resolución el IMSS precisó que los conceptos de alimentación y habitación solo pueden excluirse del salario base bajo las siguientes condiciones:

  • Se otorgaron de forma onerosa.
  • Fueron entregados en especie (incluyendo mediante vales).
  • Están debidamente registrados en la contabilidad del patrón.
  • Fueron efectivamente utilizados para alimentación o habitación.

Consecuentemente, el IMSS advierte que incurre en práctica fiscal indebida:

  • Quien excluya del salario base  de cotización cantidades entregadas en efectivo a, o depositadas en la cuenta de, la persona trabajadora, nominadas como alimentación o habitación.
  • Quien simule la retención de importes para demostrar que conceptos de alimentación o habitación resultaron onerosos, cuando los importes —en realidad— constituyan remuneraciones pagadas que deben integrarse al salario base.
  • Quien asesore, aconseje, preste servicios o participe en la realización o implementación de las prácticas anteriores.
  • Todo contador público autorizado que emita opinión de cumplimiento “limpia y sin salvedades” en el dictamen en materia de seguridad social de patrones que incurran en cualquiera de las conductas referidas.

Por ello se hizo un exhorto a patrones y sujetos obligados a cumplir puntualmente con sus obligaciones patronales, evitando así simulaciones para manipular la correcta integración del salario base de cotización con el propósito de eludir el pago debido de aportaciones de seguridad social. 

En todo caso, se reiteró que el IMSS cuenta con medios para detectar estas prácticas indebidas al ejercer sus facultades de comprobación.