CÁMARA DE DIPUTADOS

Asegurar la idoneidad de la persona titular de la CNDH, pide MC

Quien aspire a encabezar la Comisión, no podrá haber pertenecido ni militado en partidos políticos, plantean legisladores federales.

Aspectos de la CNDH en Chiapas.
Aspectos de la CNDH en Chiapas.Créditos: Cuartoscuro
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La persona titular de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) debería contar con un perfil idóneo, el cual se debe garantizar a través del cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley, planteó la bancada del Movimiento Ciudadano (MC) en la Cámara de Diputados.

El integrante de la fracción Braulio López Ochoa Mijares, así como la senadora Laura Ballesteros, plantearon reformas a la Constitución para afianzar la autonomía del organismo defensor de los derechos humanos, así como asegurar que su titular sea una persona idónea, aunado a que deberá rendir cuentas ante el Consejo Consultivo de la Comisión.

La propuesta que modifica el artículo 102 de la Carta Magna prevé ajustes al texto constitucional, y en posteriormente, a la Ley de la CNDH y la Ley de Amparo, para asegurar que la presidencia de esa institución estará ocupada por una persona que garantice su autonomía y una conducción adecuada.

Contempla que el titular no podrá haber militado en un partido político por al menos tres años antes de su designación.  

Agrega que la persona titular deberá someter a la aprobación del Consejo Consultivo, el presupuesto anual de la Comisión.

El Consejo le podrá pedir que rinda cuentas sobre asuntos específicos y podrá emitir recomendaciones vinculantes a la presidencia, a fin de que promueva acciones legales en defensa de los derechos humanos.

El titular o la titular de la presidencia de la CNDH también tendrá que presentar anualmente al Consejo Consultivo un informe de actividades, el cuál será presentado posteriormente ante los Poderes de la Unión.

Rosario Piedra, parcial y sin autonomía

López Ochoa Mijares y Ballesteros Mancilla recordaron que la Comisión tiene por objetivo proteger, observar, promover, estudiar y divulgar los derechos humanos, pero también conocer quejas relacionadas con presuntas violaciones a los mismos, por parte de autoridades y servidores públicos del orden federal, excepto del Poder Judicial.

Aunado a ser autónoma, puede presentar acciones de inconstitucionalidad y controversias constitucionales contra leyes y actos que violen los derechos humanos.

Sin embargo, manifestaron, tiene deficiencias de diseño que le impiden conducirse con total autonomía e independencia, lo que se han agravado con la “designación ilegal” de la actual presidenta Rosario Piedra Ibarra.

“Su falta de imparcialidad y autonomía ha tenido efectos nocivos para el funcionamiento de la Comisión, la cual se ha dedicado a promover intereses partidistas, solapar violaciones de derechos humanos e invisibilizar a las víctimas. Así, con el objetivo de cuidar al presidente de la República, la CNDH ha dejado en segundo plano la defensa y protección de los derechos del pueblo”, alertaron.

Hicieron énfasis en el incumplimiento de la ley al momento de aprobar el nombramiento de Piedra Ibarra, en noviembre de 2019, ya que no obtuvo los votos necesarios en el Senado de la República y entre otras anomalías, tampoco cumplió con el requisito de no tener militancia partidista al menos con un año de anticipación a su nominación.

Durante su encargo, Piedra ha propiciado protestas de organizaciones no gubernamentales; incurrido en la criminalización de mujeres y el movimiento feminista; acciones jurídicas contra sanciones a deudores alimentarios; ocultamiento de violaciones graves a migrantes; omisión ante temas prioritarios y de importancia nacional, como la militarización de la seguridad pública, el tratamiento irregular al tema de desapariciones forzadas y ausencia ante masacres.  

También, criticaron, ha permitido la inclusión de personal no calificado en la institución, se ha manifestado en defensa del Ejército y ha sido señalada por obstaculizar el cumplimiento de objetivos de la Comisión en defensa de los derechos humanos.

Para evitar que se repitan las irregularidades señaladas, propusieron que la designación y nombramiento de la persona titular de la CNDH esté sujeta a control constitucional a través del juicio de amparo.

Lo anterior, para que nombramientos en que se considere se violentaron los procedimientos de designación o los requisitos para ocupar los puestos establecidos, puedan ser impugnados a través del juicio de amparo.