Reforma judicial sigue viva. Al no alcanzarse la mayoría de ocho votos para declarar la invalidez, la SCJN desestima la acción de inconstitucionalidad.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) inició la discusión del proyecto de resolución del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien propone invalidar parcialmente la reforma judicial.
Al inicio de la sesión, la presidenta del alto tribunal, Norma Piña Hernández, afirmó que la decisión que se apruebe en este tema, pasará a los libros de historia.
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Al entrar a la discusión de la legitimidad, el ministro Alberto Pérez Dayán adelantó que la acción de inconstitucionalidad debe sobreseerse, pues estos medios de control no son procedentes contra reformas constitucionales.
“Por más que me trate de convencer a mí mismo, de lo contrario, resolver en el sentido que propone la propuesta sería, lo digo con todo respeto y exclusivamente en el fuero de mi propia persona, responder a una insensatez que evade irresponsablemente al texto supremo con otra insensatez equivalente”.
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Norma Piña Hernández, destacó que son conscientes del peso histórico que conlleva esta discusión.
“Como presidenta de este tribunal constitucional, me dirijo a la sociedad para hacerle saber que somos conscientes del peso histórico que conllevará esta discusión. Sabemos el eco e importancia que tendrá cada una de las palabras que aquí pronunciemos. Precisamente por ello, con una mirada sincera, con la mano en el corazón, me permito afirmarle a la nación que, cada una de las posiciones que mis compañeras ministras y mis compañeros ministros adopten, estará presente el juramento que cada uno pronunció cuando inició su mandato.
Previo a que iniciara el debate, la ministra Lenia Batres Guadarrama pidió retirar el proyecto, debido a que la recién aprobada ley de supremacía constitucional establece que es improcedente está revisión.
Este argumento fue refutado por Alcántara Carrancá al señalar que el artículo segundo transitorio de dicha ley no es aplicable, pues las acciones de inconstitucionalidad ya se encontraban en la fase de resolución y no de trámite cuando se publicó la norma.
“Al día en que se publicó la apresurada reforma constitucional, esto es el 31 de octubre, ya existía un cierre de instrucción desde el 30 de octubre y, adicionalmente, el proyecto ya era de su conocimiento desde el día 28 de octubre, por lo tanto, no existe una causal de improcedencia superviniente”.
En respuesta, Batres Guadarrama acusó al ministro ponente de violar la ley reglamentaria del artículo 105 de la Constitución.
“Creo que la prisa más bien fue del ministro ponente que aún no habiendo terminado la instrucción hizo público el proyecto violando la ley reglamentaria. Sí había prisa y al parecer se forzó que lo discutiéramos el día de hoy”.
“Por más que me trate de convencer a mí mismo, de lo contrario, resolver en el sentido que propone la propuesta sería, lo digo con todo respeto y exclusivamente en el fuero de mi propia persona, responder a una insensatez que evade irresponsablemente al texto supremo con otra insensatez equivalente”.
Al hacer uso de la palabra, el ministro Luis María Aguilar Morales aseveró que la sesión de la Corte no se trata de un mitin político.
A su vez, la ministra Yasmín Esquivel pidió no caer en confrontaciones y esperar a que la Constitución los autorice a juzgarla.