JUSTICIA

Juzgado federal ampara a José Luis Abarca contra prisión preventiva

El exalcalde de Iguala argumentó que la medida cautelar se ha excedido injustificadamente más allá de los dos años que como límite establece el artículo 20 de la Constitución.

José Luis Abarca, ex alcalde de Iguala.
José Luis Abarca, ex alcalde de Iguala.Créditos: Foto: Especial
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Un juzgado federal le concedió el amparo a José Luis Abarca Velázquez, para el efecto de que se analice de nueva cuenta si debe prevalecer la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa que se le impuso por los delitos de delincuencia organizada, operaciones con recursos de procedencia ilícita y enriquecimiento ilícito, dentro de la causa penal 103/2014.

En su escrito, el exalcalde de Iguala argumentó que la medida cautelar se ha excedido injustificadamente más allá de los dos años que como límite establece el artículo 20 de la Constitución federal.

Sara Mercedes Neira González, secretaria encargada del despacho del Juzgado Tercero de Distrito en materia de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México, dio un plazo de 10 días para que el Juzgado Tercero de Distrito de Procesos Penales Federales con residencia en Toluca, deje insubsistente la resolución del 12 de mayo de este año por la cual se negó a Abarca Velázquez la sustitución de la prisión preventiva por su libertad.

La impartidora de justicia argumentó que dicha resolución es inconstitucional e inconvencional, toda vez que la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió el 7 de noviembre de 2022 y el 25 de enero de 2023 las sentencias en los casos Tzompaxtle Tecpile y García Rodríguez; en las cuales se establecieron sendas condenas al Estado Mexicano relacionadas con la figura de la prisión preventiva y la prisión preventiva oficiosa.

Al respecto, Neira González precisó que dichas sentencias resultaban más que suficientes para concluir, en la audiencia de 12 de mayo de 2023, relativa a la incidencia de sustitución de la prisión preventiva, que habían variado las circunstancias que imperaban al momento de imponer la medida cautelar a José Luis Abarca.

Por este motivo, ordenó al juez de procesos penales federales emitir una nueva resolución fundada, motivada, exhaustiva y congruente en torno a la solicitud de sustitución de la medida cautelar, en la que deberá considerar la existencia de las sentencias de la Corte Interamericana.

La resolución no implica la libertad de José Luis Abarca, quien en el mes de mayo de este año fue sentenciado a 92 años de prisión por el delito de secuestro en agravio de seis integrantes del Movimiento Campesino Unidad Popular, entre ellos el perredista Arturo Hernández Cardona, dentro de la causa penal 100/2014.

La Fiscalía General de la República (FGR) aún puede impugnar el amparo ante un tribunal colegiado, el cual deberá resolver si confirma, modifica o revoca el fallo del juzgado de distrito.