El Servicio de Administración Tributaria (SAT) supervisará de ahora en adelante que no exista una simulación de servicios profesionales, o dicho de otra forma; la contratación de trabajadores a través de terceros.
Lo anterior se considera como un delito fiscal y puede ser castigado desde 3 meses hasta con 9 años de cárcel.
Aunque esto pudiera ser algo confuso debido a la reforma del outsourcing, ya que esta sí permite la subcontratación de servicios y obras especializadas, existe una característica que debe cumplirse para que no sea catalogada como delito.
Te podría interesar
Adalberto Ramos, socio de Litigio y Controversia Fiscal de Garrido Licona y Asociados, recordó que la subcontratación no debe formar parte del objeto social ni la actividad económica de la empresa.
Delitos fiscales
A pesar de que la reforma del outsourcing ya se constituyó con un enfoque laboral, el SAT no pierde de vista que la contratación de personal a través de terceros puede esconder quién es el verdadero empleador.
Te podría interesar
Eso quiere decir que, el delito fiscal radica cuando se intenta evadir la responsabilidad patronal junto con sus contribuciones.
Cabe destacar que fue en 2021 cuando se aprobó y entró en vigor la reforma del outsourcing.
Pero si hacemos un recuento, en 2019 fue el año donde produjo una gran reforma laboral, modificándose la Ley Federal del Trabajo que representó un cambio del 50% de esta regulación en el país.
La Estafa Maestra
No hace falta recordar uno de los mayores casos de corrupción en México que implicaron el outsourcing: La Estafa Maestra.
Donde se reveló que el gobierno federal utilizó 128 empresas fantasmas para desviar recursos millonarios, y eso también fue gracias a que se utilizó la subcontratación como una forma de lavar dinero.
Por ello, es que hora el SAT tendrá los ojos bien abiertos para que no se vuelvan a cometer este tipo de delitos fiscales, en menor o mayor escala.