Talar un árbol en Nuevo León implica enfrentar sanciones que no se limitan a una multa, la autoridad puede ordenar el arresto, trabajo comunitario e incluso la clausura del sitio donde ocurrió la intervención.
En la entidad, cuando la tala se realiza en una obra de construcción o comercio, el municipio tiene la facultad para aplicar una clausura temporal o definitiva del lugar.
Asimismo, la persona responsable puede recibir arresto administrativo de hasta 36 horas o ser obligada a realizar labores comunitarias relacionadas con el cuidado ambiental.
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En el aspecto económico, la penalización se calcula por cada árbol afectado. La multa base oscila entre 100 y 500 UMAs, y si el ejemplar está clasificado como patrimonial o existe desacato a una restricción previa, el monto puede incrementarse de 200 hasta 5 mil UMAs por árbol.
Estas disposiciones se sustentan en la Ley para la Conservación y Protección del Arbolado Urbano del Estado de Nuevo León y en el Reglamento de Protección Ambiental e Imagen Urbana de Monterrey, normativas que establecen que cualquier intervención en árboles ubicados en la vía pública requiere autorización previa.
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Sin un permiso, cortar o retirar un árbol puede escalar de falta administrativa a un delito en el estado de Nuevo León, dependiendo de las circunstancias del caso.
