NEMESIO OSEGUERA CERVANTES

Conceden amparo a hermano de 'El Mencho'

Don Rodo argumentó que el juez carecía de competencia para conocer el asunto.

Niño Jiménez consideró que con esa determinación, el impartidor de justicia violó la presunción de inocencia.
Niño Jiménez consideró que con esa determinación, el impartidor de justicia violó la presunción de inocencia.Créditos: Canva
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Un juez de distrito le concedió el amparo a Abraham Oseguera Cervantes, Don Rodo, y otros tres de sus colaboradores contra la vinculación a proceso que se dictó en su contra por los delitos de posesión de armas de fuego y contra la salud.

La resolución no implica la libertad del hermano de Nemesio Oseguera Cervantes, El Mencho, ni de las otras tres personas, ya que solo es para el efecto de que emita una nueva resolución.

Don Rodo argumentó que el juez carecía de competencia para conocer el asunto y que la reclasificación del delito de posesión por el de portación de armas de fuego, fue ilegal, ya que el impartidor de justicia buscó una razón más sólida para dictar la vinculación a proceso.

Daniel Marcelino Niño Jiménez, titular del Juzgado Cuarto de Distrito en materia Penal con residencia en el Estado de México, consideró que los agravios de Oseguera Cervantes son parcialmente fundados, motivo por el cual determinó concederle la protección de la justicia federal.

Según el expediente, el juez de control resolvió reclasificar el delito, ya que no se había establecido que el inmueble donde fueron detenidos Abraham Oseguera y sus colabores, era el domicilio de alguno de ellos.

Niño Jiménez consideró que con esa determinación, el impartidor de justicia violó la presunción de inocencia porque la fiscalía tenía el deber de acreditar, con datos de prueba, que no el domicilio de alguno de los inculpados.

Por ello, ordenó al juez de control dejar sin efecto la vinculación a proceso y emitir una nueva resolución en la que no reclasifique el delito de portación y en su lugar emita, de manera fundada y motivada, el delito de posesión.