JUSTICIA

Inés Gómez Mont: Tribunal ordena dejar insubsistente orden de aprehensión

A la expresentadora se le acusa de defraudación fiscal equiparada por 12 millones de pesos.

La exconductora Inés Gómez Mont ha dicho ser inocente.
La exconductora Inés Gómez Mont ha dicho ser inocente.Créditos: Foto: Ilustrativa
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Un tribunal colegiado ordenó dejar insubsistente la orden de aprehensión que se libró el 14 de octubre de 2021 en contra de Inés Gómez Mont por el delito de defraudación fiscal equiparada por 12 millones de pesos dentro de la causa penal 322/2020.

Por unanimidad, los magistrados consideraron inoperantes los agravios del agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a la Unidad de Investigación y Litigación de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos Fiscales y Financieros de la Subsecretaría Especializada en Investigación de Delitos Federales, por lo que confirmaron la resolución de la juez de distrito que le concedió el amparo a la conductora de televisión, ya que el mandamiento de captura carece de total motivación.

En su fallo, el tribunal determinó que es procedente otorgar la protección de la justicia federal, toda vez que Alberto Torres Villanueva, juez de control con residencia en el Reclusorio Oriente, al momento de otorgar la orden de aprehensión, no precisó la conducta que se le atribuye a la quejosa.

“Se confirme la protección constitucional a la quejosa y su propia revisión adhesiva quede sin materia al haberse quedado incólume esta concesión de amparo para efectos. Realmente, si uno analiza la orden de aprehensión, el juez no precisó cuál es la conducta, aspectos que tenían que haberse agotado”.

Asimismo, resolvieron que en la orden de captura existen una serie de contradicciones como el hecho de que el juez omitió explicar cuáles eran los supuestos ingresos acumulables que debió declarar Gómez Mont Arena, toda vez que en la denuncia se estableció que era una cantidad de 53.7 millones de pesos, mientras que en la información financiera analizada por los peritos se estableció un monto de 61.7 millones, “lo que evidencia una discrepancia entre el hecho denunciado y el que se pretende acreditar.

“En un informe que se rindió se había establecido que los ingresos acumulables de la contribuyente habían ascendido a 61 millones de pesos y en la orden de aprehensión, cuando se solicitó, se dijo que ascendían a 53 millones, está fue una de las contradicciones que destacó la juez de distrito que sí daban para una concesión del amparo y que no combaten los agentes del Ministerio Público”.

Con esta resolución, el juez de control deberá dejar insubsistente la orden de aprehensión y emitir una nueva determinación en la que, purgando los vicios formales y con plenitud de jurisdicción, analice los datos de prueba con los que se sustentó la solicitud del mandamiento de captura por el delito de defraudación fiscal equiparada y resolver lo que en derecho corresponda.