SCJN

Yasmín Esquivel asegura que Congreso de Coahuila está obligado a escuchar la opinión de municipios

Al presentar el proyecto de sentencia, la Ministra señaló que tratándose de iniciativas de Ley o decreto en materia municipal, el Congreso está obligado a escuchar la opinión de los municipios.

Créditos: Cuartoscuro.
Escrito en NACIONAL el

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la invalidez de las reformas a la Ley de Aguas para los Municipios de Coahuila y al Decreto por el que se creó el Sistema Intermunicipal de Aguas y Saneamiento de Monclova y Frontera, publicadas el 24 de junio de 2022, debido a que no se dio participación al Municipio de Frontera en el proceso legislativo.

Al presentar el proyecto de sentencia, la Ministra Yasmín Esquivel Mossa señaló que el artículo 60 de la Constitución de Coahuila, dispone que tratándose de iniciativas de Ley o decreto en materia municipal, el Congreso estatal está obligado a escuchar la opinión de los municipios de dicha entidad federativa.

Esquivel Mossa destacó, que con ello se busca que exista una relación directa y constructiva entre la Legislatura de Coahuila y sus municipios, pues éstos conocen a profundidad la realidad social de sus territorios, lo que permite perfeccionar las leyes que les afecten.

Dado que las reformas impugnadas modificaron sustancialmente la integración de los órganos de dirección y administración de los Consejos Directivos de los Sistemas Municipales de Aguas y Saneamiento en el Estado de Coahuila, sin que previamente se diera intervención al Municipio de Frontera, la mayoría de los Ministros determinó declarar su invalidez.