Sentencian a comerciante en NL por venta ilegal de Perico Mexicano

La Profepa indica que el responsable fue detenido y puesto a disposición de la Procuraduría General de la República (PGR), por los posibles hechos constitutivos de delitos en contra de la biodiversidad.

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Un comerciante de la vía pública fue sentenciado a dos años de prisión, una multa de más de 42 mil pesos y trabajo comunitario por la venta ilegal de un Perico Mexicano, (Aratinga Holochlora).

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) señaló que en días pasados, durante un operativo, se sorprendió a una persona de esta entidad comercializando aves silvestres, entre estos un Perico Mexicano, especie que se considera amenazada en la NOM-059-SEMARNAT-2010.

Refirió que el responsable fue detenido y puesto a disposición de la Procuraduría General de la República (PGR), por los posibles hechos constitutivos de delitos en contra de la biodiversidad.

En un comunicado, la dependencia indicó que el Juzgado Cuarto de Distrito en materia Penal en Nuevo León emitió una sentencia mediante la cual impuso la pena privativa de la libertad con dos años de prisión y una multa de 42,060.00 pesos a esta persona por la comercialización ilegal del ejemplar de vida silvestre.

Dentro de la sentencia condenatoria se estima otorgar una compensación de mil 600 dólares para la manutención y cuidado del ejemplar, el decomiso del ave, reparación de los daños ocasionados al medio ambiente con 600 horas de trabajo comunitario en las instalaciones del Zoológico Parque La Pastora, las cuales deberán ser cumplidas luego de purgar su condena en prisión.

La Profepa expusó que el aprovechamiento extractivo con fines comerciales o de subsistencia de este tipo de aves correspondientes a la familia Psittacidae o psitácido (loros, pericos y guacamayas), cuya distribución natural sea dentro del territorio nacional se encuentra prohibido desde el año 2008, de acuerdo con la Ley General de Vida Silvestre.

Apuntó que los pericos y las guacamayas están seriamente amenazados. El tráfico ilegal para el mercado de mascotas, así como la destrucción de su hábitat, son las principales causas del deterioro de las poblaciones silvestres.

Destaca que el Artículo 420 del Código Penal Federal establece una pena de uno a nueve años de prisión y por el equivalente de 300 a 3 mil Unidades de Medida y Actualización a quien ilícitamente realice cualquier actividad con fines de tráfico de estas especias.

Así como a quien capture, posea, transporte, acopie, introduzca al país o extraiga del mismo, algún ejemplar de fauna silvestres considerada endémica, amenazada, en peligro de extinción, sujeta a protección especial, o regulada por algún tratado internacional del que México sea parte, concluyó.