POLÍTICA

IECM adelanta que PRD no puede ser partido local hasta la extinción del nacional

La Dirección Ejecutiva Estatal del PRD en la CDMX, pidió al Consejo General, que se pronuncie sobre la condición extraordinaria en la que se encuentra el partido en la CDMX.

El Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México respondió al PRD que no puede dar cauce a su conformación como fuerza política local.
El Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México respondió al PRD que no puede dar cauce a su conformación como fuerza política local.Créditos: Cuartoscuro
Escrito en NACIONAL el

El Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México respondió al Partido de la Revolución Democrática que, en tanto no se concrete su extinción como partido político nacional, no puede dar cauce a su conformación como fuerza política local.

La Dirección Ejecutiva Estatal del PRD en la CDMX, pidió al Consejo General, que se pronuncie sobre la condición extraordinaria en la que se encuentra el partido en la Ciudad de México, dada la desintegración de sus órganos directivos, la necesidad de dar viabilidad al funcionamiento del partido y su transformación en partido local y la imposibilidad de convocar en estos momentos a un proceso electivo.

También determinar la procedencia de la ampliación de la ocupación del cargo de la actual Presidenta de la Dirección Ejecutiva Estatal de dicho partido en la Ciudad de México, y en su caso, si también es posible la ampliación de los demás encargos partidistas que integran la citada Dirección Estatal Ejecutiva, y si esta autoridad electoral considera válidas las determinaciones y acuerdos que apruebe esa Dirección Estatal con su actual integración.

Al respecto, el IECM determinó, mediante acuerdo, que hasta en tanto no se agote el procedimiento en curso respecto de la pérdida de registro como partido político nacional y que se formalice en su caso, la solicitud de registro como partido político local; el Instituto Electoral no se encuentra en condiciones, aclaró, de realizar un planteamiento respecto de actos que aún no han sido emitidos y en consecuencia, no han generado ningún efecto jurídico respecto del instituto político solicitante; lo anterior, sin perjuicio de que realicen las acciones que prevé su norma estatutaria en ejercicio de su derecho de auto determinación.

Aclaro que no cuenta con atribuciones para otorgar una prórroga en el ejercicio del cargo de la Presidencia o demás integrantes de la Dirección Ejecutiva Estatal del referido partido, ya que compete a la vida interna del partido político y que en el ámbito de su autorganización y autodeterminación le corresponde resolver conforme a sus normas y órganos de decisión internos.

En otro orden, el IECM pone a disposición de la ciudadanía los informes entregados por las 16 Alcaldías sobre el avance físico y financiero de los proyectos del Presupuesto Participativo correspondientes al ejercicio fiscal 2023, en su Plataforma Digital de Participación Ciudadana.