POLÍTICA

TEPJF rechaza ordenar a aspirantes presidenciales separarse del cargo

El tribunal confirmó, por unanimidad, el acuerdo del INE por el que declaró procedente la confirmación del Frente Amplio por México.

Sesión del TEPJF.
Sesión del TEPJF.Créditos: Cuartoscuro
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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó los lineamientos que emitió el Instituto Nacional Electoral (INE) para regular y fiscalizar los procesos de selección de los candidatos presidenciales de Morena, el Frente Amplio por México y del resto de los partidos políticos.

Sin embargo, el órgano jurisdiccional rechazó ordenar a los servidores públicos que participan en estos procesos, entre los que se encuentran legisladores como Xóchitl Gálvez, Santiago Creel, Beatriz Paredes y Miguel Ángel Mancera, separarse del cargo en un plazo no mayor a 48 horas.

Por mayoría de cinco votos, los magistrados rechazaron la propuesta de la magistrada Janine Otálora Malassis, quien tuvo a su cargo el proyecto de resolución, quien argumentó que no existe otra garantía suficiente para asegurar la neutralidad y la equidad, así como para prevenir el uso indebido de recurso públicos, que exigir la separación del cargo de los aspirantes.

“Considero que solo a través de la separación del cargo es posible asegurar la plena vigencia de los principios de neutralidad y equidad y prevenir el uso indebido de recursos públicos y esto, en especial frente a lo novedoso y extraordinario de estos procesos políticos en curso”.

A su vez, la magistrada Mónica Soto Fregoso votó en contra de la propuesta, al señalar que se trata de una medida desproporcional, ya que implicaría suponer que se trata de un proceso electoral.

“Estimo que imponer como requisito que las personas servidoras públicas que intervengan o intervienen deben separarse del cargo, equivaldría a suponer que en realidad se trata de un proceso electoral en el que existen actos de precampaña y no de carácter político”.

Asimismo, los magistrados aprobaron un ajuste al artículo 15 de los lineamientos para precisar que los servidores públicos que no participan en los procesos de selección no podrán realizar manifestaciones a favor o en contra de los aspirantes o de los partidos políticos involucrados.

En la misma sesión, el TEPJF confirmó el acuerdo de fiscalización del INE, por el que se emitieron los lineamientos generales sobre monitoreo y verificación de propaganda con fines de fiscalización de los procedimientos previos al proceso electoral 2023-2024.

Asimismo, el tribunal confirmó, por unanimidad, el acuerdo del INE por el que declaró procedente la confirmación del Frente Amplio por México.

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