TRIBUNAL ELECTORAL

Vulneran gobernadores del PAN principios de imparcialidad: Sala Especializada de TEPJF

Se determinó que Enrique Vargas del Villar es responsable por el beneficio indebido que obtuvo tras las expresiones de apoyo de los mandatarios estatales.

TEPJF impone multa al PAN.
TEPJF impone multa al PAN.Créditos: Cuartoscuro
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La Sala Especializada del Tribunal Electoral resolvió que gobernadores emanados del Partido Acción Nacional vulneraron los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, al manifestar su respaldo a las aspiraciones de Enrique Vargas para obtener la candidatura del PAN a la gubernatura del Estado de México en agosto de 2022.

Al dar cumplimiento a una sentencia emitida por la Sala Superior del Tribunal, los magistrados determinaron que los mandatarios estatales José Rosas Aispuro, entonces gobernador de Durango; Mauricio Kuri, de Querétaro; Mauricio Vila, de Yucatán, Diego Sinhue Rodríguez de Guanajuato y Tere Jiménez, de Aguascalientes vulneraron lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución al tener una participación preponderante en el evento partidista.

Asimismo, se determinó que Vargas del Villar es responsable por el beneficio indebido que obtuvo tras las expresiones de apoyo de los gobernadores, mientras que Acción Nacional es responsable indirecto de dicho beneficio.

En el análisis, los magistrados concluyeron que son inexistentes los actos anticipados de precampaña y campaña atribuidos al presidente nacional del PAN, Marko Cortés, a partir de las expresiones que emitió en el evento desarrollado el año pasado y por una nota difundida en la revista Proceso.

Por ello, se dio vista a los congresos locales respectivos para que determinen la responsabilidad de los gobernadores involucrados, así como por el beneficio electoral que obtuvo el candidato denunciado.

De igual forma, se impuso una multa de más de 19 mil pesos al PAN por su responsabilidad indirecta.

Por otra parte, en cumplimiento a otra sentencia emitida por la Sala Superior, los magistrados de la Sala Especializada determinaron que Claudia Sheinbaum, diversas personas servidoras públicas de Michoacán, la asociación civil “Que Siga la Democracia” y Rogelio Sosa Pulido no realizaron actos anticipados de campaña, promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos, ni vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad.

Lo anterior, por su asistencia y participación en un evento celebrado el 28 de octubre de 2022, en el obelisco de Morelia, Michoacán.