JUSTICIA

SCJN resuelve que el Senado fue omiso en designación de comisionados del INAI

Por mayoría de ocho votos, el pleno del alto tribunal desechó el proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf quien proponía declarar infundada la controversia que interpuso el instituto.

Pleno de la SCJN.
Pleno de la SCJN.Créditos: Cuartoscuro
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el Senado de la República incurrió en una omisión legislativa al no cumplir con el nombramiento de los comisionados faltantes del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Por mayoría de ocho votos, el pleno del alto tribunal desechó el proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf quien proponía declarar infundada la controversia que interpuso el INAI para poder sesionar con cuatro comisionados, al argumentar que la Cámara Alta no incurrió en ninguna omisión.

“Que el Senado cumplió con todos los aspectos reglados que le obligan a realizar ciertas actuaciones para el nombramiento de los comisionados del INAI; que no se han logrado los consensos políticos, pero ello no constituye una violación a nuestra Constitución y que no existe una inactividad total por parte de la demandada, por lo que se declaran infundados los conceptos de invalidez del instituto actor”.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá sostuvo que existen elementos suficientes para acreditar que la Cámara Alta incurrió en una omisión; incluso, señaló que los 469 días que lleva el INAI sin sesionar, dan cuenta que los senadores ya excedieron el plazo razonable para realizar los nombramientos.

“Que a pesar de no existir un plazo específico definido en la Constitución o en la legislación secundaria, sí existe un plazo razonable para realizar los nombramientos, pues el diseño constitucional del INAI exige que este órgano se conforme por siete comisionados en función de las facultades atribuidas ha dicho órgano, necesarias para la protección de los derechos de acceso a la información y protección de datos personales de toda la población; lo contrario nos llevaría al absurdo de que el Senado podría alargar indefinidamente el nombramiento de comisionados hasta la desaparición o extinción del órgano”.

El ministro Luis María Aguilar sostuvo que dejar inconcluso el proceso por tiempo indefinido, equivaldría a un fraude a la Constitución.

“Si se entendiera que es suficiente, solo dar inicio al proceso de designaciones y dejarlo indefinidamente en trámite, pero sin tener las garantías de su correcto desarrollo y sobre todo su conclusión, se traduciría un fraude a la constitución y en una violación a las competencias del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, al impedirle ejercer sus facultades constitucionales”.

Durante la sesión, tres ministros se pronunciaron a favor de autorizar al INAI a sesionar con cuatro comisionados; sin embargo el pleno aprobó returnar el asunto a uno de los ministros de la mayoría para que elabore un nuevo proyecto.

De esta forma, los efectos de la sentencia se aprobarán en el segundo periodo ordinario de sesiones de la Corte, el cual inicia el primero de agosto.
 

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