CASO AYOTZINAPA

Tribunal ordena a un juzgado de distrito admitir a trámite amparo de Murillo Karam

La defensa del extitular de la PGR argumentó que los datos de prueba son imprescindibles para acreditar su teoría del caso.

Jesús Murillo Karam, extitular de la extinta PGR.
Jesús Murillo Karam, extitular de la extinta PGR. Créditos: Cuartoscuro
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Un tribunal colegiado ordenó a un juzgado de distrito admitir a trámite el juicio de amparo que interpuso Jesús Murillo Karam, quien busca que la Fiscalía General de la República (FGR) le brinde auxilio para obtener 15 datos de prueba para desvirtuar las acusaciones que se hicieron en su contra por el caso Ayotzinapa.

Por unanimidad, el Octavo Tribunal Colegiado en materia Penal aprobó el proyecto del magistrado Enrique Martínez Guzmán, quien consideró fundados los agravios del extitular de la entonces Procuraduría General de la República (PGR), toda vez que en este asunto deben regir las reglas de acceso a la justicia establecidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

“Deben regir en este asunto las reglas del derecho de acceso a la justicia establecidas por la Suprema Corte y con base en ellas concluir que, por regla general, el amparo indirecto no procede contra las resoluciones que, en definitiva, niegan la realización de actos de investigación por no considerarlos de imposible reparación; pero, el auto inicial, en el que se decide dar trámite o no a un juicio de amparo, no es el momento procesal oportuno para establecer si en el caso concreto, el acto reclamado se encuentra dentro de las reglas generales o en el campo de la excepcionalidad, de los casos en los que el juicio de amparo resultan procedentes, cuando los actos vulneren derechos sustantivos y por ende, fueron de los catalogados como los de difícil reparación”.

La defensa de Murillo Karam argumentó que los datos de prueba son imprescindibles para acreditar su teoría del caso, así como para refutar las pruebas de descargo y las imputaciones que imperan en su contra.

Sin embargo, el 24 de febrero y 9 de marzo de este año, el agente del Ministerio Público de la Federación rechazó la solicitud, al argumentar que no resultaban pertinentes ni útiles para el esclarecimiento de los hechos.

Por este motivo, los abogados del exgobernador de Hidalgo promovieron un juicio de amparo, el cual fue desechado por el Juzgado Segundo de Distrito de Amparo en materia Penal, al señalar que la determinación de la autoridad ministerial no afecta de manera directa derechos sustantivos de la parte quejosa como la libertad, la propiedad o sus posesiones, pues se trata de una actuación meramente procesal, cuyos efectos únicamente impactan en el procedimiento de origen.